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Hay retraso de 40 años en soberanía alimentaria en México: Manuel Huerta
CIUDAD DE MÉXICO, 5 de abril de 2018.- Con pena de hasta 30 años de prisión se castigará a quien cometa delitos relacionados con la sustracción, compra, venta, almacenaje y distribución de hidrocarburos, sin derecho o consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores con arreglo a la ley.
En sesión ordinaria de este martes, el Pleno del Senado de la República aprobó con 66 votos en pro, 12 en contra y una abstención, el dictamen que reforma la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.
El proyecto de decreto modifica los artículos 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de la Ley Federal en la materia y establece multas de 20 mil a 25 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien sustraiga hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios o distribuidores.
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Quadratín México