Dante Delgado está libre de cáncer, fue extirpado en agosto
CIUDA DE MÉXICO, 28 de diciembre de 2017.- De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, son descansos obligatorios:
-Lunes 6 de febrero, por el centésimo aniversario de la Promulgación de la Constitución.
-Lunes 20 de marzo, en conmemoración del natalicio de Benito Juárez, en 1806.
-Lunes 1 de mayo, por el Día del Trabajo.
-Lunes 20 de noviembre, para recordar el 107 aniversario del inicio de la Revolución Mexicana.
-Lunes 25 de diciembre, con motivo de la Navidad.
La Ley también establece como obligatorios el 1 de enero y el 16 de septiembre, que caen en domingo y sábado respectivamente.
Otros días que suelen ser de descanso aunque no son oficiales son el 5 de mayo, que será viernes, y el 2 de noviembre, que caerá en jueves.
En tanto que para las escuelas de educación básica también se contemplan además los días:
-Viernes 6 de enero, por el Día de Reyes.
-Lunes 15 de mayo, por el Día del Maestro.
También se contempla el periodo vacacional de Semana Santa, del 10 al 21 de abril.
El fin de cursos para las escuelas con 200 días de clases será el 18 de julio, y para las de 185 el 27 de junio.
Con información de El Financiero