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CIUDAD DE MÉXICO, 3 de marzo de 2019.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) dar a conocer nombre o la razón social del proveedor, tipo de servicio o bien suministrado y el monto pagado por diversas obras realizadas mediante convenios con instituciones y dependencias públicas.
De acuerdo al comunicado INAI/030/19, el sujeto obligado debe dar a conocer la información solicitada en relación con la Planta de tratamiento de aguas residuales y su red de riego realizada en Los Pinos; el Centro de Salud El Paredón, en el estado de Chiapas; el Cuartel General de la vigésima zona militar, en el predio conocido como Loma de Fátima, del estado de Colima y diversas construcciones, derivado de un convenio de colaboración suscrito con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena afirmó que este tema es de interés social, ya que permite que la población conozca el uso del dinero público, así como los acuerdos, procedimientos y resultados derivados de las obras públicas que lleva a cabo la Sedena, lo cual contribuye a la rendición de cuentas respecto a los proyectos de inversión y sus alcances.
“La máxima transparencia y el acceso a la información son fundamentales para construir, ganar y refrendar la confianza ciudadana, dándole a la propia ciudadanía la posibilidad de conocer la información directamente de la fuente que la genera, para que se puedan realizar distintos ejercicios como la propia fiscalización, análisis y escrutinio que consideren necesarios”, enfatizó la comisionada.
Ibarra Cadena subrayó que el Ejército como institución se encuentra en un grado de confianza ciudadana alto, como lo revela la encuesta México confianza en instituciones 2017-2018, elaborada por Consulta Mitofsky, la cual sitúa al Ejército en un nivel de confianza de siete puntos en una escala del uno al 10, en donde la media nacional es de 6.5.
“El actuar del Ejército como institución es reconocido y aceptado por la ciudadanía. Y esa confianza debe abarcar a todas las actividades desarrolladas por la institución, también, en su faceta como constructora. Por todo ello, estimamos de suma importancia que la transparencia siga permaneciendo en todas las actividades que realiza esta Secretaría”, apuntó.
La Sedena respondió que la información era inexistente, pues la dependencia no fue responsable del gasto efectuado en la realización de obras e indicó que las instancias competentes son el TEPJF, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y los gobiernos estatales de Colima y Chiapas.
Inconforme con la inexistencia de la información, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que, en solicitudes anteriores, se han proporcionado datos sobre las obras ejecutadas por la Sedena y los proveedores contratados para ese fin.
Con el propósito de allegarse mayores elementos para llevar a cabo el estudio del caso, la ponencia a cargo de la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena requirió al sujeto obligado los convenios y acuerdos de colaboración relacionados con la solicitud de acceso a la información.
Al analizar los convenios y acuerdos recibidos, se advirtió que existe un compromiso expreso de la Sedena para resguardar la documentación comprobatoria del gasto ejercido, por lo que se concluye que la inexistencia invocada es improcedente.
“La Sedena es responsable de comprobar el gasto erogado en cada una de las obras públicas realizadas y, por tanto, es competente para atender las peticiones que son materia de este recurso y de proporcionar los documentos correspondientes”, concluyó Ibarra Cadena.
Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó, por unanimidad, la respuesta del sujeto obligado y le instruyó buscar y dar a conocer el nombre, la razón social del proveedor, tipo de servicio o bien que suministró y el monto pagado por las obras públicas que realizó en cumplimiento de los convenios y acuerdos de colaboración mencionados.