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Signos y Señales
CIUDAD DE MÉXICO, 3 de marzo de 2017.- A partir de los resultados del ejercicio fiscal 2016, el órgano de fiscalización de la Cámara de Diputados podrá auditar el ejercicio de los recursos de libre disposición, esto es las participaciones en impuestos federales coordinados. Al respecto, el 19 de enero se publicó en el Diario Oficial el Convenio de Coordinación y Colaboración para la fiscalización superior del gasto federalizado, entre la ASF y los estados a través de las EFSL de los congresos locales.
Dice el Convenio que «se revisará la aplicación de las fórmulas de distribución de las participaciones federales, la oportunidad en la ministración de los recursos, el ejercicio de los mismos conforme a las disposiciones locales aplicables, el cumplimiento de los objetivos de los programas financiados con estos recursos, la deuda de las entidades federativas garantizada con participaciones federales.
En un avance inicial se debe revisar a detalle, no sólo la integración de las fórmulas de distribución de participaciones y de las aportaciones distribuidas por fórmula a los municipios, sino la existencia de información verificable de las variables utilizadas. En el caso de las participaciones, revisar la integración y evolución de las fórmulas locales, su cálculo y el cumplimiento de la Ley en los tiempos de pago. Esto es la veracidad de los indicadores, la verificación del pago y su monto en pesos y centavos, cuidando los ajustes y el FEIEF cuando sea el caso.
Desde 1980, las participaciones a los estados y municipios se pagan a través de las Secretarías de Finanzas, las cuales a su vez deben pagar a los municipios en tiempo y forma, de acuerdo a lo que señala la Ley de Coordinación Fiscal, como: pagar a más tardar cinco días después de recibidas, en efectivo, no pueden condicionar su pago, ni retener total o parte de las mismas, esto es no «hacerles su guardadito», y – es muy importante- pagarles con los porcentajes derivados de las fórmulas aprobadas por los congresos locales, sean buenas o malas fórmulas. Este proceso se debe fiscalizar permanentemente.
Generalmente los municipios se quejan de los gobiernos estatales y muchas veces con razón. Se han dado casos de conflicto en algunos, pocos por el miedo de los alcaldes a la reacción de los gobernadores, más en estados del sur sureste, como Oaxaca, Chiapas y Guerrero. En esta última entidad Acapulco ganó al Estado y se le tuvo que resarcir. En una conferencia en Gómez Palacio, el gobernador Guerrero Mier se volvió «defensor del federalismo», por lo menos el presidente municipal así lo calificó, pero me pregunta en corto, cuánto le correspondía ese año de participaciones, contesté que le preguntara al adalid. Su respuesta fue clara, «hombre si no lo halago, me castiga».
Los auditores de la ASF deberán analizar con cuidado las fórmulas, que repito son muy diferentes, algunas que se basan en la población al extremo, pe la población pesa 95 por ciento en el caso de SLP, las partes iguales -una fracción en Tlaxcala-, la dinámica recaudatoria de ingresos propios, etcétera.
Es claro que las participaciones son diferentes a las aportaciones, las primeras son de libre disposición y son recursos propios de los estados de acuerdo a la Ley de Coordinación Fiscal, recibidos como contraparte por dejar en suspenso facultades impositivas que la Constitución les permite. Así fue el arreglo fiscal vigente que data de 1980.
Con las reformas recientes se centraliza la fiscalización y por supuesto la responsabilidad. El reto es fuerte.
En el caso de los municipios sólo se podrá auditar a los más grandes, con el apoyo y coordinación de los órganos de fiscalización de los congresos locales, habrá estados más difíciles, en primer lugar Oaxaca, con 570 municipios, 400 de usos y costumbres. Claro no son municipios endeudados y eso ayuda.