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OAXACA, Oax. 24 de marzo de 2021.- La aspirante a una candidatura en Juchitán de Zaragoza, Karina Regalado informó que este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución de la Sala Regional Xalapa, que a su vez confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), por medio de la cual se revocaron las acciones afirmativas contenidas en los artículos 8 y 11 párrafo 6 de los Lineamientos en materia de Paridad de Género, los cuales fueron aprobados por el Consejo General del IEEPCO, con fecha 4 de enero del año en curso.
En un comunicado, abundó que los lineamientos mandatan a los partidos políticos y coaliciones electorales, que para las diputaciones de mayoría relativa, registren cinco fórmulas de candidatas y candidatos con autoadscripción indígena o afromexicana calificada; una fórmula de personas con discapacidad permanente física o sensorial; una fórmula de personas mayores de 60 años y una fórmula de personas jóvenes.
En cuanto a las planillas de candidaturas a los ayuntamientos, mandatan que por cada segmento de competitividad deberán postular el 35% de candidaturas, con autoadscripción indígena y/o afromexicana calificada; el 5% de candidaturas de personas con discapacidad permanente física o sensorial; el 10% de personas mayores de sesenta años y el 10% de personas jóvenes.
Diana Luz Vázquez, integrante de La Constituyente Feminista de la ciudad de México, mencionó que las mujeres continúan la cadena impugnativa ante la Sala Superior, que finalmente les dio la razón.
Con esta resolución final, queda definido el criterio que estos lineamientos que contienen acciones a favor de grupos sociales históricamente marginados de la representación ante el Congreso y los ayuntamientos, no transgredan el principio de certeza.
La lección final de este ejercicio de ciudadanía a través de los cauces legales es que solo las mujeres aliadas entre sí, pueden defender los derechos de las mujeres militantes de los partidos políticos, ante la falta de voluntad de sus dirigencias para cumplir con la función constitucional de los partidos, de hacer posible el acceso de todos al ejercicio del poder público, conforme a la composición multiétnica, pluricultural y multilingüística de Oaxaca.