Economía en sentido contrario: Banamex
Oaxaqueñología | Raúl Ávila Ortiz
OAXACA, Oax., 26 de agosto de 2018.- Es no solo interesante sino crucial para la incipiente pero vibrante democracia pluralista mexicana el tema de fondo que yace detrás del debate, actos y resoluciones institucionales en curso en materia electoral para terminar de conformar los poderes legislativos del país.
Ante la supermayoría legislativa adquirida por Morena y los partidos coaligados en torno al proyecto de la Cuarta Transformación, está en juego la cuestión del grado de sobrerrepresentación que deban alcanzar conforme con la Constitución y las leyes en la materia.
La Constitución ordena que ningún partido por sí mismo –previsión acordada en los hechos para garantizar la oposición al entonces PRI hegemónico o predominante– debe exceder de 300 diputados o su representación legislativa el 8% de su votación nacional (o local) de modo que la pregunta surgida en 2015 es si esa regla debía aplicarse a una coalición.
A esta cuestión el Tribunal Electoral Federal respondió que no, de modo que PRI y Partido Verde pudieron alcanzar combinadamente una mayoría casi absoluta que completaron con Nueva Alianza y el Presidente mexicano –en ese momento Peña Nieto– por primera vez en tres sexenios no aparecer como derrotado y sin mayoría legislativa, ineficaz para conducir la segunda mitad de su sexenio. Así le había ocurrido a Zedillo, Fox y Calderón.
Para evitar un posible Presidente en minoría legislativa, en 2014 se previó en la Constitución la figura del gobierno de coalición bajo la condición de que entraría en vigor el 1o de diciembre de 2018 junto con la ley reglamentaria correspondiente. Esto ya no será necesario.
Así, para asegurar la gobernabilidad, se prefirió tal opción en lugar de la segunda vuelta. Solo que el pasado 1o de julio los ciudadanos irritados alteraron las estimaciones.
Conforme con los comicios recientes, el tema se presenta más complejo aún porque si bien ha sido posible asignar diputaciones (y senadurías) plurinominales a cada partido, en el ámbito nacional el aliado de Morena, el Partido Encuentro Social, se ubicó en la paradoja de que no alcanzó el 3% de la votación para preservar su registro y, a la vez, gano 57 diputaciones de mayoría con candidatos en apariencia morenistas.
Esto permite que la Coalición tripartita de izquierdas este muy próxima a la mayoría calificada de dos tercios, lo que le garantiza reformar la Constitución y tomar por sí sola decisiones sensibles. Cooptación y transfuguismo harían el resto.
Además, para los congresos locales (Estado de México, Guerrero o Oaxaca), la cláusula de los límites a la sobrerrepresentación ha conducido a reducir diputados a Morena y asignarlos a otros partidos, resoluciones que ahora mismo están impugnadas porque en esencia está en riesgo la gobernabilidad local, ya de por sí débil.
Me interesa advertir que, en el fondo, lo que está en juego no son reglas sino valores y principios.
El valor de la república democrática, representativa y popular se garantiza con los principios de mayoría relativa y representación proporcional con límites a la sobrerrepresentación.
El valor constitucional protegido no solo es el de la mayoría sino el de las minorías y la oposición.
En Colombia lo han sufrido y entendido muy bien aunque muy gradualmente desde la Constitución de 1991. Apenas hace algunas semanas han dado un paso más para consolidar el estatuto de la oposición.
En México, ante la llamada dispersión política o fragmentación legislativa que, en comparación con las súper mayorías hegemónicas priistas de antaño, vino produciendo desde 1997 la transición y las alternancias, ahora parecería que el mandato del pueblo soberano en las urnas es otorgarle al Presidente y su coalición un superpoder unificado para gobernar los grandes retos nacionales.
Pero ese mandato también tiene sus límites, tanto en sede legislativa como en sede judicial.
En los poderes legislativos, el mandato mayoritario debe reconocer a amplias minorías que se abstuvieron o votaron en contra, y, en el judicial, en todo caso, enriquecer y no diluir su independencia e imparcialidad.
En el estado constitucional, el valor de la oposición exige su institucionalización.
Así, por.ejemplo, Anaya y Meade deberían estar en el Senado como garantía a esa oposición y no haciendo tratos tras bambalinas o luchando por sobrevivir.
O bien, los partidos perdedores deberían declararse formalmente en la oposición o independientes o en el gobierno, no poder cambiar su alineación durante la legislatura, y, desde luego, fijarse sanciones al transfuguismo y la cooptación.
En resumen, se requieren más garantías para todos, especialmente para los votantes que pasan a ser simples espectadores de la escena.
Debemos avanzar en este sentido pues, por.el bien de todos, nadie debe mandarse solo.
Ni siquiera el supuesto todo del pueblo soberano, el cual debe ser protegido de sí mismo por la Constitución democrática y el Derecho Internacional.
El estado constitucional es una expresión de la civilización y por ello admite, en casos de urgencia, el estado de excepción.
Por ello, lo peor sería convertirlo en una justificación para el desequilibrio y el abuso de cualquier tipo.