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CIUDAD DE MÉXICO, 3 de marzo de 2018.- El Instituto Nacional Electoral (INE), en razón de la presentación de una queja y después de realizar las investigaciones pertinentes, abrió un procedimiento laboral disciplinario para determinar si existe responsabilidad por parte del director del Secretariado por probables conductas de hostigamiento sexual y laboral.
De acuerdo con un comunicado, en el marco de dicho procedimiento, el INE determinó dictar una suspensión provisional como medida precautoria que favorezca el correcto desahogo del procedimiento, de conformidad con el artículo 445 del Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral.
El procedimiento mencionado está apegado estrictamente a las reglas del debido proceso y presunción de inocencia, así como protección a las víctimas, conforme a lo previsto en la norma y el Protocolo para prevenir, atender y sancionar el hostigamiento y acoso sexual o laboral del Instituto. Mientras no concluya el proceso se salvaguardan los derechos del acusado, sin prejuzgar.
La separación obedece a generar condiciones para realizar la investigación.
El INE reitera su compromiso a favor de ambientes laborales libres de violencia y discriminación y reafirma su política de cero tolerancia frente a conductas de hostigamiento, acoso sexual y laboral.
Fuente: Quadratín México