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LA X EN LA FRENTE
Trate usted de contestar honestamente esta pregunta: ¿Prefiere usted un inocente en la cárcel o un criminal en libertad?
En México, el Estado ha respondido por usted.
Y para el Estado mexicano, a como está diseñado el proceso penal hoy, es preferible -sin lugar a dudas – que un delincuente sea declarado inocente a que un inocente tenga que estar injustamente en prisión.
Entonces, se preguntará usted ¿por qué hemos sabido de historias de personas que pasan años en la cárcel y son declarados inocentes?
Y ¿por qué los medios de comunicación dan cuenta de jueces que liberan delincuentes?
La respuesta es: porque nuestros sistemas penales fracasaron.
Y hablo en plural, porque antes de 2016 operábamos con un sistema penal llamado mixto y el 18 de junio de ese año cambiamos a un sistema penal acusatorio.
Solo diré que las dos diferencias fundamentales entre uno y otro sistema tienen que ver con el momento en que se produce y la forma en que el juez entra en contacto con la prueba; y en la posibilidad del acusado de contradecir en todo momento a su acusador.
Una de nuestras ideas equivocadas respecto del “nuevo” proceso penal es que tiene como finalidad encontrar la verdad de los hechos, “la verdad histórica”. Eso es imposible, a menos que el juez haya presenciado los hechos.
La finalidad es (lo dice la constitución) el “esclarecimiento” de los hechos.
Y ello es así porque los jueces, la defensa y el MP no trabajamos con “hechos”; trabajamos con palabras, con enunciados, con “proposiciones fácticas” que describen probables hechos.
Y aunque el juez tenga libertad para valorar las pruebas que acreditan tales afirmaciones, debe seguir un método, que implica ciencia y preparación en esas disciplinas que tienen que ver con la posibilidad de saber qué fue lo que con más probabilidad ocurrió.
Así, el juez penal, no puede ser cualquier persona, ni siquiera cualquier abogado.
Debe ser un abogado que además de saber de normas jurídicas penales, debe saber de argumentación, interpretación y epistemología.
Porque el Estado mexicano le pide a ese juez que esté convencido “más allá de toda duda razonable” de que esa persona que va a condenar a determinados años de prisión, efectivamente cometió el delito.
Y además no pierde decidir según su “íntima convicción”, una corazonada o un momento de iluminación.
Todo lo tiene que decidir a la luz de las pruebas que ambas partes le presentan, y justificar con razones objetivas por qué decidió lo que decidió.
Y eso, en el fondo, sí es gran ciencia porque no lo puede hacer cualquier persona que no sepa de lógica, de epistemología, de argumentación y de interpretación jurídica.
Si queremos que cualquiera pueda ser juez, pues cambiemos una vez más la Constitución y volvamos al procedimiento inquisitorial y a la “íntima convicción”, pero con el diseño de proceso penal que hoy tenemos, solo unos pocos podrán ser buenos jueces penales.