Refuerza Eduardo Andrés Massanet compromiso con República Dominicana
OAXACA, Oax. 19 de abril de 2021.- Si el pragmatismo político define la permanencia de Arturo Zaldívar en la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), podríamos pasar de la ficción del personaje Varguitas, de La Ley de Herodes, a una realidad anticonstitucional que, aunque sea violatoria, tenga el aval de la mayoría.
El constitucionalista oaxaqueño, Raúl Ávila Ortiz comentó con la periodista Lupita Thomas los dos aspectos más relevantes de esta propuesta que aprobó el Senado, para modificar la ley orgánica del Poder Judicial de la Federación, con la que buscan prorrogar la presidencia del ministro.
La reserva a un transitorio de la Ley Orgánica produjo un intenso debate en el que juristas, académicos y constitucionalistas consideran una flagrante violación a la Constitución y también una intromisión de los poderes legislativo y ejecutivo, al judicial.
La ampliación propuesta para el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y algunos consejeros de la Judicatura federal deberá completar el proceso legislativo y contar con la promulgación de la ley, hecho que corresponde en facultades al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, quien se ha pronunciado a favor de la reforma.
“Una ley secundaria no puede alterar lo que dice la Constitución, hay un orden jurídico jerarquizado y ampliar un período de cuatro años es claramente anticonstitucional”, opinó Ávila Ortiz, quien es académicos de la Escuela Judicial Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Más allá de tintes emocionales, expuso, es una propuesta provocativa y desafiante en términos jurídicos.
“Desde el punto de vista estrictamente jurídico esta modificación no se sostiene desde la ciencia y el análisis jurídico constitucional, porque la Constitución define el período de cuatro años y define que son los 11 ministros los que tienen que nombrar al presidente, no los legisladores ni a través de una reforma a la ley secundaria”.
En este momento, explicó Ávila Ortiz, hay una presunción de violación a la Constitución, ya que el Senado lo aprobó, pero todavía es presunción porque no entra en vigor.
Después del Senado, dijo, la iniciativa pasará a la Cámara de Diputados y lo van a votar, si la aprueban, esta tendrá que ser promulgada y sería hasta ese momento cuando podríamos enfrentar un problema de validez constitucional de la reforma.
Si es el caso, hipotéticamente, hay aún un medio de impugnación para la determinación y la Corte es la instancia que deberá conocerla, ahí sí tendría que darse una postura del ministro presidente, quien hasta ahora no se ha pronunciado al respecto.
Más allá de lo jurídico, están las consideraciones éticas, políticas, sociales y todos los factores que podrían generar la aceptación de una norma anticonstitucional por las justificaciones como las que han dado, en el sentido de que requieren tiempo para aterrizar la reforma judicial.
En un contexto cultural y social determinado, mencionó Raúl Ávila, determinado por ciertas condiciones y creencias, pueden obtener un consenso mayoritario y que digan “no importa, pero es bueno para el país, para la institución”, un argumento pragmático y yo creo que los pragmatistas radicales pueden convertir una violación flagrante al Estado de Derecho en una justificación para este ejercicio.
Refirió que la Suprema Corte ha desechado estos intentos de prorrogar el mandato de algunos poderes, como sucedió recientemente con la Ley Bonilla “este tipo de prórrogas fueron consideradas inconstitucionales por la Corte”.
Pero puede ser que en lo práctico, ponga a prueba nuestras creencias y la fortaleza del Estado de Derecho, que digan háganlo, no importa y vayan midiendo cómo reacciona la gente, la opinión pública y cómo pueden aceptar esta situación para otros poderes.
En una opinión personal, Raúl Ávila considera que la ficción de la película La Ley de Herodes, en la que el presidente municipal amplió su período, puede hacerse realidad si la mayoría vota por esta propuesta, aún cuando sea anticonstitucional.