La posverdad judicial
OAXACA, Oax., 19 de mayo de 2019.- Durante los meses recientes hemos podido confirmar la relevancia de la Constitución pues continúa expresando los acuerdos políticos esenciales y su carácter marco de las políticas públicas que intentan cumplir con promesas electorales.
Relacionado con la propuesta de reducir la intensa y persistente violencia delictiva, un paquete de reformas incluye la modificación al artículo 19 para ampliar la lista de delitos catalogados como graves, entre los que ahora se contemplan la corrupción, el robo de combustibles y el uso de programas sociales con fines electorales.
Sobre dicha reforma se criticó sin mayor impacto que la prisión preventiva oficiosa a que esa catalogación da lugar vulnera el principio de inocencia, pero poco se discutió sobre las condiciones en que la propia doctrina jurisprudencial vigente la valida, por lo que no es automáticamente nugatoria de derechos.
Otra reforma vinculada a seguridad y anticorrupción es la que se insertó en el artículo 22 para reforzar los instrumentos del Estado en materia de extinción de dominio de los bienes procedentes de delitos tales como enriquecimiento ilícito, tráfico de hidrocarburos y similares.
Al parecer no hubo oposiciones críticas sobre tan importante modificación al marco constitucional.
El segundo paquete reformista, igualmente en el ámbito de la seguridad, es el de la Guardia Nacional (GN).
En este caso la crítica jurídica se enfocó en cuestionar su pretendido carácter militar, contrario al artículo 22 que prohíbe las fuerzas armadas en tiempos de paz.
Además de que finalmente se estableció que la GN tendrá un mando civil, poco se ha discutido si en verdad estamos en tiempos de paz y si, en todo caso, el comandante supremo de las fuerzas armadas, el Presidente de la República, es un civil que quizás por esto ha nombrado como jefe de ese nuevo cuerpo a un militar en proceso de retiro.
Ubicado en el sector de los derechos sociales, otro paquete de reformas es el de la educación.
En esta materia el debate no ha sido sustancial sino más bien en torno a costos y beneficios para unos y otros actores e instituciones del sector, si no es que su franca descalificación.
Menos se ha difundido que la reforma incorpora varios principios y reglas que imprimen sentido más inclusivo, social y pro-dignidad humana a ese bien público y que sin dejar de reconocer el papel transformador del magisterio el Estado asuma de manera explícita su función rectoral en el sector, lo cual tendrá importantes implicaciones para reordenar tan compleja y trascendente arena de acción plagada de malas prácticas.
La más reciente reforma constitucional aprobada en el Senado y turnada hace apenas unos días a la Cámara de Diputados es la tocante a la paridad de género para todos los cargos y en todos los poderes, órganos y ámbitos de gobierno y administración.
Salvo la advertencia sobre los riesgos de aplicar ese principio en los ayuntamientos indígenas que eligen autoridades conforme a sus propios sistemas normativos, esa reforma está siendo motivo de aplausos.
El tema constitucional no depende solo de los poderes políticos o emanados de las urnas, como lo son el Ejecutivo y el Legislativo, sino también de los órganos de control, señaladamente el Poder Judicial de la Federación.
Bajo esta premisa, la Suprema Corte de Justicia ha iniciado la crucial tarea de análisis de la constitucionalidad de la ley de remuneraciones mínimas, sigue avanzando en la garantía de los derechos de la diversidad y posiblemente revisará más adelante aspectos de probable invalidez de normas secundarias en materia de reforma laboral, de seguridad y educativa.
Por su parte, la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal mantiene su labor de garante de la calidad constitucional de los actos y resoluciones en esa materia con un sentido pro- derechos y de fortalecimiento de principios democráticos.
Además, su titular ha propuesto recién adoptar la urna electrónica y el juicio en línea.
El cumplimiento de las promesas de campaña convertidas en estrategias y políticas de gobierno pasa por el diseño, aprobación y ejecución del Plan Nacional de Desarrollo (PND, al cual el Congreso formulara observaciones en el mes de junio.
Otras respuestas a los problemas nacionales se están instrumentando sin reformas legislativas, pero sí a través de la gestión administrativa.
La reorientación de la política de gobierno en clave de derechos humanos, lo que está en el núcleo del PND; la política social para ofrecer mínimos vitales y desincentivar la atracción del crimen sobre millones de personas en desventaja; las políticas sectoriales y regionalizadas de infraestructura, transporte, pro-campo, industria y productividad, así como las políticas de austeridad, anticorrupción y de transparencia y rendición de cuentas efectivas están en marcha.
Las urgencias y contingencias deben ser atajadas y sus causas atendidas, desde luego, pero lo importante es que el Estado reoriente sus instituciones y políticas conducentes a serenar los ánimos populares y propiciar condiciones más equitativas para la convivencia y el bienestar social.
Ello, sin perjuicio de que a la vez se incrusten y operen reglas, instrumentos y buenas prácticas, por ejemplo, dentro de los sistemas de prevención, procuración, administración de justicia y ejecución de penas.
Tales políticas y acciones deben sujetarse al marco constitucional y legal para que refuerce su papel simbólico y operativo de regulador y garante de la vida en común del pueblo de México.