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CIUDAD DE MÉXICO, 1 de septiembre de 2018.- El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por mayoría de votos, la resolución emitida por la Sala Regional Toluca en el ST-JRC-135/2018 y acumulados que, a su vez, modificó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México y el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, ambos relacionados con la asignación de diputaciones locales por el principio de representación proporcional.
Los partidos políticos de la Revolución Democrática (PRD), Encuentro Social (PES), del Trabajo (PT) y Morena, así como diversas candidatas y candidatos a diputados, impugnaron la sentencia de la Sala Toluca.
Entre los agravios expuestos, destaca la indebida asignación de escaños e incorrecta verificación de los límites de sub y sobrerrepresentación; así como el incorrecto ejercicio de la acción afirmativa en razón de género en perjuicio de un candidato varón.
Al resolver el SUP-REC-941/2018 y acumulados, la Sala Superior determinó que la Sala Toluca, , se apartó del marco legal aplicable al momento de realizar la asignación.
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