El episcopado ante el segundo piso de la 4T
OAXACA, Oax., 1 de marzo de 2021.- Gracias a la evolución de la teoría de justicia se ha logrado visibilizar la desigualdad y discriminación latente que existente entre géneros para lograr que hoy en día se reconozcan y tutelen de manera más efectiva los derechos humanos de las mujeres tomando en cuenta el contexto social, político y cultural en el que se desenvuelven.
Para la feminista Marta Lamas, la sociedad define al género como el conjunto de ideas, representaciones, prácticas prescripciones sociales que se hacen a partir de la diferencia anatómica entre los hombres y las mujeres, que se va reproduciendo e inculcando a través de costumbres y valores desde el nacimiento, la crianza, el lenguaje y la cultura.
El género es un importante factor de diferenciación social que genera discriminación y desigualdades. Las ideas y prácticas de género jerarquizan social, económicamente, y jurídicamente a los seres humanos, lo que trae como consecuencia que las valoraciones de género den lugar a asimetrías en los derechos. El género conlleva desigualdad social, económica y política que se ve reflejada en el mercado laboral, por lo que la ONU y el Banco Mundial han impulsado el enfoque de género para hacerle frente a este problema.
Específicamente la ONU intenta institucionalizar políticas públicas que sean antidiscriminatorias que reconozcan que las mujeres son sujetas de derechos pese a que en ocasiones se encuentren en situaciones de marginación y que es necesario empoderarlas a través de la igualdad de oportunidades y de trato, eliminando las jerarquías entre hombres y mujeres. Por lo que Naciones Unidas ha impulsado entre los gobiernos a que trabajen para garantizar la equidad de género en todos sus programas y políticas.
La propuesta de la Organización de Naciones Unidas es transversalizar la perspectiva de género, reconociendo la diferenciación social, económica y política entre los sexos considerando las desigualdades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la sociedad, impulsando medidas específicas como políticas públicas más equitativas en todos los niveles para lo cual los Estados dispondrán de recursos institucionales y financieros para implementar el enfoque de género, que también deberá ser de manera intersectorial para alcanzar la justicia social tomando en cuenta elementos como la clase social, raza, y pertenencia étnica junto con el género.
Con referencia al tema, Rodolfo Vázquez, menciona que las propuestas feministas actuales sobre justicia y derecho hacen hincapié en la teoría política y de los derechos humanos , reivindicando el tema de igualdad y en un primer momento desde un enfoque liberal para en seguida hacerlo desde un enfoque radical basado en las diferencias de género y de la representatividad política en el mundo, criticando la postura de John Rawls.
Las feministas liberales demandan la inclusión de las mujeres en la ciudadanía con la debida garantía, reconocimiento y tutela de sus derechos. El feminismo vinculado a la noción de iguales libertades tiene su origen en la ilustración y es producto de la modernidad. Uno de los antecedentes más importantes se localiza en el filósofo feminista Nicolás de Condorcet, quien criticó la postura de la época de naturaleza femenina, con respecto a que era más proclive a los sentimientos y las pasiones y por ello las mujeres debían ser excluidas del ámbito público y señaló la necesidad de reconocer y visibilizar los derechos humanos de las mujeres como una exigencia de la igualdad que debe de imperar entre mujeres y hombres
Desde mediados del siglo 19 hasta mediados del siglo 20, señala el académico Rodolfo Vázquez tanto Harriet Taylor como John Stuart Mill denunciaron la supuesta inferioridad de la mujer que justificaba los privilegios del hombre por prejuicios y que la colocaban en una situación de esclavitud al mantenerla oprimida económica y sexualmente.
Para Erika Bauger una de las proclamas más importantes del pensamiento ilustrado utilizado por las mujeres del siglo de las luces fue poner en evidencia las contradicciones de una organización política, social y económica que no era afín con el principio de igualdad entre los géneros. El estatus históricamente determinado de sujeto de derecho se refería al macho, mayor, blanco, occidental, heterosexual y propietario sin tomar en cuenta las mujeres.
Por otra parte del doctor Rodolfo Vázquez Cardozo señala que gracias al movimiento sufragista se reconocieron los derechos políticos de las mujeres que le permitieron participar en condiciones de igualdad para votar y ser votadas (sufragio activo y pasivo). La ola liberal del feminismo en la época actual incluye no solo una protección y garantía de las libertades y de igualdad que inciden corrigiendo las desigualdades históricas y estructurales, incorporando el reconocimiento de la pluralidad cultural y la valoración jurídica de las diferencias como señalan Betty Friedan, Martha Nussbaum, Paola Bergallo y Ayaan Hirsi Ali como representantes de un liberalismo crítico.
Bauger, al citar a Zuñiga Anazco, señala que el pensamiento feminista fue una buena respuesta a las deficiencias de igualdad ciudadana entre hombres y mujeres que invisibilizaban sus necesidades, ya que la igualdad pretendida era solo formal. Dando lugar a la segunda ola feminista que emergió en países como Estados Unidos y Europa Occidental, donde tuvo lugar la emancipación femenina desde el punto de vista jurídico que señala que la cuestión de igualdad implica el ámbito cultural, social, jurídico y económico y que no debe de asimilarse al modelo masculino que únicamente se preocupa por satisfacer sus propios intereses y necesidades.
En esta segunda oleada feminista las propuestas parten de una premisa fundamental: que el derecho es producto del patriarcado y que es una institución hecha a través del punto de vista masculino, como señala Catharine MacKinnon, por lo tanto, para alcanzar la neutralidad se deben visibilizar las diferencias entre hombres y mujeres. Ya que lo importante es que se reconozca la existencia de dos sujetos y no solo los derechos de la mujer .
Para Catherine Mackinnon la desigualdad en razón de sexo sitúa a las mujeres como mujeres, lo que provoca que estén sometidas sexualmente y que a los sexos no se les trate de la misma forma. Si los sexos fueran iguales las mujeres no estarían económicamente sometidas ni marginadas, no serían explotadas sexualmente ni económicamente. Las mujeres tendrían más expresión, intimidad, autoridad, respeto y más recursos que los que tienen ahora.
Por lo que la igualdad entre los sexos se convierte en una contradicción. La diferencia se inscribe en la sociedad como el significado del género lo que trae como consecuencia que la ley sea el límite de la discriminación sexual. Para ver si una persona fue discriminada por su sexo habría que preguntarse si un hombre en situación similar habría sido tratado de la misma forma.
En el enfoque epistemológico liberal, los sexos son biológicamente diferentes por lo tanto están diferenciados socialmente y sobre esa diferenciación se considera que la sociedad y la ley han generado distinciones arbitrarias, e irracionales sobre las cuales se dirige la ley contra la discriminación sexual. Las leyes o prácticas con estereotipos sexuales discriminan.
Concluyo que el Estado y como consecuencia el derecho deben asegurar la igualdad formal y sustancial tanto a las mujeres como a los hombres, lo cual se traduce en darles las mismas oportunidades y acceso a una vida digna y desarrollo laboral y profesional a ambos sexos sin importar el género en igualdad de condiciones, tanto en el ámbito, público, privado como político. Evitando acciones gubernamentales que generen cualquier tipo de discriminación o subordinación, ya sea en forma jerárquica u horizontal. En todo momento se debe garantizar un trato digno a las mujeres y si es necesario generar política públicas con perspectiva de género y acciones afirmativas que impulsen el desarrollo y participación de las mujeres. Por lo cual es necesario visibilizar las diferencias entre ambos géneros para poder hacer efectiva esa igualdad entre hombre y mujeres y no solo se enfoque en una igualdad jurídica. Por lo tanto, el Estado debe estar comprometido socialmente con hombres y mujeres para incluir a todos en sus planes de desarrollo y proyecto de nación evitando ser un Estado libertario que margine a las mujeres indígenas o a las de la tercera edad o a las mujeres que sufren alguna discapacidad.
En la igualdad sustancial se deben respetar las diferencias de género y respetar la autonomía de los individuos, en este caso de las mujeres y el Estado debe contribuir a impulsar esa igualdad sobre todo de oportunidades entre hombres y mujeres en el aspecto social, político y cultural en los contextos donde se desenvuelven.