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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de mayo de 2021.- Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Sala Especializada individualizar una sanción a Morena por uso indebido de la pauta en la difusión de dos promocionales sobre el Covid 19 que se emitieron presuntamente para infomar sobre la pandemia.
En enero pasado, PAN y PRD denunciaron a Morena y solicitaron finalizara la difusión de los promocionales Campaña Tv y Campaña Covid, al acusar el uso indebido de la pauta con impacto en el proceso electoral en curso.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) otorgó medidas cautelares y ordenó suspender la transmisión, pues consideró que aunque los materiales tenían la frase: “Tiempo cedido por Morena para el cuidado de la salud”, podían desinformar al no ser una cesión de tiempos, ni propaganda, sino material pautado.
El 13 de mayo, la Sala Especializada determinó que hubo uso indebido de la pauta por parte de Morena, por lo que sancionó al partido. Las y los magistrados confirmaron la infracción por este hecho, pero revocaron la individualización de dicha sanción pues se le atribuyó al partido responsabilidad por impactos de los promocionales que salen de su dominio y que dependendieron de las concesionarias.
Morena argumentó que sin analizarse pruebas para graduar la sanción se consideró que hubo 105 mil 608 impactos en la difusión de los promocionales de los que se le atribuyó toda la responsabilidad, a pesar de que no tiene influencia sobre tal conducta, que es responsabilidad de las concesionarias, además, que el partido no es autoridad para administrar los tiempos de radio y televisión. Este agravio fue declarado fundado por las y los magistrados.
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