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Hasta el día de hoy, la conceptualización de la relación entre el Estado y las naciones mexicanas se ha englobado dentro del concepto de indigenismo
OAXACA, Oax., 9 de diciembre de 2018.- La relación del Estado mexicano con las naciones que la componen, hasta el día de hoy de sesenta y ocho, es muy problemática, prejuiciosa, ideológica, depende de quién, por qué y para qué la define.
Regularmente, se ha definido desde el poder político y de sus intelectuales orgánicos. Hasta el día de hoy, la conceptualización de la relación entre el Estado y las naciones mexicanas se ha englobado dentro del concepto de indigenismo.
Desde el poder, al conjunto, a la diversidad de estas naciones, a sus especificidades, a sus historias, a sus proyectos, valores y principios, se les ha englobado en categorías sociales, con el objeto de facilitar la dominación colonial, se les ha denominado indios, aborígenes, bárbaros, grupos étnicos, culturas diferenciadas, pueblos y comunidades indígenas, pueblos y comunidades originarias, ocultando la gran diversidad y especificidades de cada relación.
En el contexto de la Cuarta Transformación se ha dado la definición de que son pueblos y comunidades de derecho público, por tanto, la relación se asume en condiciones de igualdad y de libertades.
Sin embargo, en la definición del organismo del nuevo trato con estas naciones, no existen normas, ni acciones que se pretenda establecer esta nueva relación en términos de igualdad y libertades, al contrario, se refuerza la acción en términos del indigenismo siempre prevaleciente.
Indigenismo se refiere al conjunto de políticas que establece el Estado para las naciones mexicanas para conservarlas dentro del orden político y jurídico en condiciones de colonización y de colonialidad a partir de políticas gubernamentales de benevolencia y del establecimiento de derechos reconocidos desde el poder político.
La concreción de la dominación colonial se hace a través de los aparatos administrativos del Estado. Sólo la lucha de estas naciones a nivel nacional e internacional ha permitido el reconocimiento de algunos derechos colectivos que el propio Estado, los gobiernos y los aparatos administrativos simulan hacer realidad.
Desde el Consejo de Indias, (1680) que se establece como autoridad del Estado español por el bien de las naciones americanas, para su gobernación y justicia, de acuerdo a las leyes del imperio, pasando por la creación del Instituto Nacional Indigenista, en los años cuarenta del siglo pasado, que pretendió ofrecer, a partir de estudios, análisis, promoción e intervención en el aparato público federal, la aplicación de medidas para el mejoramiento de estas naciones, hasta la institucionalización de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en el año 2003, que tuvo por objeto, de orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluación los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas de México, el indigenismo ha gozado de buena salud, como mecanismo de dominación hacia estas naciones.
Con el triunfo de Andrés Manuel López Obrador se habría una enorme posibilidad para romper este indigenismo en la praxis administrativa del Estado mexicano, sin embargo, en las normas que crean el nuevo organismo de relación con las naciones mexicanas, se reproduce sin más el espíritu del indigenismo a que nos hemos referido en los párrafos anteriores, para fines ilustrativos, reproducimos el contenido del artículo segundo de la ley que crea el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, muy semejante a los objetivos del Consejo de Indias, del Instituto Nacional Indigenista, y de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas:
Artículo 2. El Instituto es la autoridad del Poder Ejecutivo Federal en los asuntos relacionados con los pueblos indígenas y afromexicano, que tiene como objeto definir, normar, diseñar, establecer, ejecutar, orientar, coordinar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones públicas, para garantizar el ejercicio y la implementación de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicano, así como su desarrollo integral y sostenible y el fortalecimiento de sus culturas e identidades, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los instrumentos jurídicos internacionales de los que el país es parte.
Desde luego, nos hubiera gustado, de acuerdo a la dimensión de la Cuarta Transformación a que ha convocado el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, hacerle algunos pequeños cambios a este artículo segundo, para quedar de la siguiente manera:
“El Instituto es la autoridad de las naciones mexicanas y del gobierno de la República, para acordar, ejecutar, concretar, en el ámbito de la autodeterminación de que gozan estas naciones, y el pueblo negro, sus derechos establecidos en las leyes mexicanas e internacionales, hasta la declaración del Estado como plurinacional, intercultural y de pluralidad jurídica y política.”
Bueno, como se dice, el hubiera no existe, la traición de diputados y senadores es evidente, las naciones mexicanas deberán seguir en la lucha y esperar que la inteligencia, don de gente Mixe y voluntad de Adelfo Regino, director general del Instituto, rompa las barreras políticas del aún indigenismo que se pretende instalar de nuevo.