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Aprueba comisión del CIT plan de trabajo propuesto por Nino Morales
OAXACA, Oax. 2 de junio de 2021.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que, a su vez, confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-57/2021, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que negó la solicitud del partido político Morena de registrar como candidata a la presidenta municipal San Jacinto Amilpas, quien pretendía reelegirse en el citado cargo.
Este asunto guarda relación con diversas sentencias en las que se atribuyó a la presidenta municipal e integrantes del Ayuntamiento, violencia política en razón de género ejercida contra la regidora de Hacienda y de Igualdad de Género.
En su sentencia, el TEEO tuvo por desvirtuada a la presidenta municipal la presunción de contar con un modo honesto de vivir, toda vez que existen sentencias condenatorias en las que se acredita su responsabilidad por haber cometido la violencia en razón de género, además de que tales resoluciones no han sido cumplidas en su totalidad por la referida presidenta municipal, por lo cual ha impuesto diversos medios de apremio para hacer efectivo su cumplimiento.
Por su parte, la magistrada y los magistrados de la Sala Regional determinaron como correcto lo razonado por el TEEO toda vez que, en el caso, dada la conducta de la presidenta municipal ahora enjuiciante, se ve desvirtuada su presunción de contar con un modo honesto de vivir y, por ende, no puede ser registrada como candidata por la vía de la reelección.
En la sesión pública no presencial, por el sistema de videoconferencia de este 2 de junio se resolvieron 40 medios de impugnación: 37 juicios ciudadanos, dos juicios de revisión constitucional electoral y un juicio electoral.