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OAXACA, Oax., 19 de marzo de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó al Congreso del Estado que, de acuerdo con su agenda legislativa, a la brevedad posible, y antes de que culmine el periodo constitucional de labores de la actual legislatura, realice las reformas para reglamentar el derecho a la libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas a elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los Ayuntamientos.
En un comunicado se detalló que, en la resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Indígenas, con clave JDCI/43/2020; la Magistrada y los Magistrados advirtieron que el Congreso de Oaxaca fue omiso de hacer efectivo este derecho, toda vez que no efectuó la armonización de las leyes locales con la fracción VII, Apartado A, del artículo 2 de la Constitución Federal, reformado en el año 2001.
En el artículo segundo transitorio de dicha reforma federal, se ordenó a los congreso estatales armonizar las constituciones y leyes locales, para garantizar materialmente ese derecho.
Por otro lado, en la sesión pública realizada a puerta cerrada, el Pleno impuso una multa por la cantidad de 4 mil 481 pesos al Presidente Municipal de San Andrés Ixtlahuaca, Regidor de Seguridad, Comandante de la Policía Municipal y Sargento de la Policía Municipal; por la violencia política en razón de género cometida en contra de las Regidora de Hacienda de dicha localidad.
En el estudio del Procedimiento Especial Sancionador con número PES/12/2021, se acreditó que los denunciados realizaron diversos actos para invisibilizar y menoscabar el derecho político electoral de votar y ser votada de la actora, en la vertiente del ejercicio y desempeño del cargo.
Este órgano jurisdiccional validó las elecciones realizadas en el municipio de San Jorge Nuchita y en la Agencia Municipal de San Francisco Coatlán.