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Violencia en el noviazgo se perpetúa por idealización del amor romántico
Cuatro personas servidoras públicas golpearon a la víctima en diversas partes del cuerpo, ocasionándole daños lumbares permanentes
OAXACA, Oax. 11 de julio de 2022.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 60VG/2022 a los titulares del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (Oadprds), José Ángel Ávila Pérez, y al de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, por violaciones graves a los derechos humanos al trato digno, a la integridad y seguridad personal por actos de tortura, así como a la seguridad jurídica, a la legalidad y al acceso a la justicia en su modalidad de procuración, en agravio de una víctima, quien, cuando ocurrieron los hechos, se encontraba privada de la libertad en el Centro Federal de Readaptación Social número 13 (Cefereso 13), en Miahuatlán de Porfirio Díaz, Oaxaca, y que actualmente se halla internada en el Centro Federal de Readaptación Psicosocial (Ceferepsi).
En un comunicado, la CNDH informó que el 14 de diciembre de 2020, la víctima envío un escrito de queja a esta Comisión Nacional en el que señaló, entre otras circunstancias, que no había sido resuelta la Carpeta de Investigación iniciada con motivo de la tortura de la que fue objeto por parte de cuatro personas servidoras públicas el 10 de noviembre de 2017, y que, derivado del maltrato, presentaba padecimientos lumbares y de otras partes del cuerpo, así como malestares psicológicos, de lo cual fue diagnosticado y recetado, teniendo diversos problemas para acceder a los medicamentos.
En su queja, la víctima señaló que el 10 de noviembre de 2017 participó en una riña dentro del Cefereso, sin que esta pasara a mayores.
Sin embargo, tres personas servidoras públicas lo habían empujado al subirlo a una camioneta, haciéndolo caer al piso, momento en que lo sujetaron de las piernas, mientras que uno de ellos lo golpeaba en cabeza arriba de la oreja derecha, en las costillas del lado derecho y lo amenazó con palabras altisonantes, recibiendo patadas y puñetazos de los dos restantes.
Al llegar al área de Servicios Médicos, lo continuaron golpeando y lo hincaron; al lugar se presentó otro encargado de la vigilancia, quien lo golpeó con las manos abiertas en los oídos reventándoselos, por lo que manifestó su deseo de presentar denuncia.
De los documentos recabados en su expediente de queja se desprende que, a partir de noviembre de 2017, el agraviado presentó secuelas de las lesiones en los oídos y en la columna, entre otros, otitis externa crónica y lumbalgia crónica, para lo cual tiene seguimiento y el uso permanente de faja lumbosacra, con lo cual se determinó que fue víctima de actos reiterados y continuos de violación grave de derechos humanos.
Se advirtió que las seis personas servidoras públicas que participaron en los hechos vulneraron los derechos humanos de la víctima, específicamente a la integridad y seguridad personal, en virtud de que los cuatro encargados de la vigilancia le infligieron diversas lesiones y uno de ellos rindió informes falsos a esta Comisión Nacional, pretendiendo ocultar las agresiones practicadas por él y por el personal bajo su mando, sin que realizará una búsqueda exhaustiva de los hechos para rendir un informe con toda la veracidad a que su encargo le obligaba.
Además, una quinta persona involucrada, quien realizó la revisión médica, omitió emitir la denuncia respectiva por las lesiones que observó y de las que, según refiere la víctima, fue testigo.
De igual manera, se violaron los derechos humanos de la víctima a la seguridad jurídica, a la legalidad y al acceso a la justicia en su modalidad de procuración, ya que la persona encargada de investigar los hechos no realizó su trabajo con la debida diligencia.
Antes tales acciones y omisiones, la CNDH solicitó al comisionado de Prevención y Readaptación Social y al fiscal general de la República, la inmediata reparación integral del daño para la víctima, en la cual se incluya una compensación justa en términos de la Ley en la materia, así como que se diseñen e impartan cursos integrales dirigidos al personal involucrado en los hechos objeto de esta Recomendación, con los contenidos indispensables para evitar la repetición de las violaciones a los derechos humanos descritas.
Al comisionado de Prevención y Readaptación Social se le solicita que otorgue atención médica, psicológica y psiquiátrica a la víctima, considerando la rehabilitación y los medicamentos convenientes.
De igual forma, pide que colabore con la FGR en la integración de la tercera Carpeta de Investigación elaborada por este caso, a la cual se le da seguimiento en la Fiscalía Especializada en Investigación del Delito de Tortura, por la probable comisión del delito de tortura en agravio de la víctima, atribuido a elementos de seguridad del CEFERESO 13.
Además, la CNDH pide que se elabore un proyecto de Protocolo de Atención y/o Actuación a Casos de Tortura, y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.
Al fiscal general de la República se le recomienda que gire instrucciones para que se analicen las constancias de las tres carpetas de investigación elaboradas con relación a este caso, y se realicen todas las líneas de investigación que aún no han sido agotadas, además de solicitar el cumplimiento de aquellas a las que no se haya dado respuesta, a fin de esclarecer los hechos con apariencia de delito.
Asimismo, pide que se colabore con el Órgano Interno de Control de la FGR en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional presente en contra de la persona servidora pública que tuvo a su cargo la integración de la primera y segunda carpetas de Investigación, a efecto de que se determinen las responsabilidades en que se pudo incurrir por la falta de debida diligencia en la integración de la misma.
La Recomendación 60VG/2022 ya fue enviada a sus destinarios y puede ser consultada en la página web cndh.org.mx