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OAXACA, Oax. 23 de junio de 2017.- “Los jóvenes que se encuentran en conflicto con la ley deben ser tratados de manera diferente a un adulto ya que esta población presenta rasgos físicos y psíquicos muy distintos, además se debe entender que el acto ilícito cometido por el adolescente se deriva por diversos factores, tales como: la ausencia de una familia, el abuso ya sea físico o sexual, la pobreza, falta de oportunidades dentro de su misma comunidad, entre otros elementos que muestran claramente el porqué de su actuar”.
Así lo manifestó la jueza del Juzgado Especializado para Adolescentes, Irina Cabrera Girón, en el diplomado especializado en este tema enfocado para facilitadores de mecanismos alternativos de solución de conflictos que imparte el Poder Judicial de Oaxaca a través de la Escuela Judicial del Consejo de la Judicatura.
El Tribunal Superior de Justicia informó en un comunicado que durante su participación, la ponente explicó que el 29 de diciembre del año 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias para hacer vigente la Reforma Constitucional del 18 de junio de 2008 en su numeral 17, párrafo cuarto, y 18, párrafo sexto, este último especializado en el tema de justicia para adolescentes.
Así mismo, señaló que en México y por ende en Oaxaca, los métodos alternativos se aplican en la justicia para adultos y para adolescentes y lo harán facilitadores que se encuentren obligatoriamente certificados y especializados. Es por esta razón, que el Poder Judicial, en la actual administración del magistrado presidente, Dr. Raúl Bolaños Cacho, se encuentra comprometido con la capacitación y actualización de los servidores públicos judiciales.
En el desarrollo de su ponencia, la jueza Irina Cabrera Girón, expuso que los mecanismos alternativos de solución favorecen la reparación del daño y del tejido social; ¿qué mejor manera de conseguir esos objetivos que la de incluir a los adolescentes en los mecanismos alternativos de solución? a través de ellos, tienen la opción de responsabilizarse por el daño que hicieron y dar una posible solución al mismo tiempo, como por ejemplo, podría ser en la conciliación o de escuchar a la comunidad afectada de lo que hizo como podría ser en la junta restaurativa, explicó.
Puntualizó que los mecanismos alternativos en el sistema de justicia penal para adolescentes tienen como finalidad protegerlo, tratarlo y no castigarlo, esto no quiere decir que se justifiquen sus actos sino más bien inducirlo a responsabilizarse de ellos, ya que estos mecanismos alternativos proporcionan a los jóvenes infractores a no condicionar su vida entera con un dictamen, por qué ahí los estaremos haciendo presas del sistema de justicia penal.
De acuerdo a la definición legal de lo que es la mediación, el Artículo 4, Fracción I, de la Ley de Mediación para el Estado de Oaxaca, establece que es un método alternativo para la solución de conflictos, mediante el cual uno o más mediadores, intervienen únicamente facilitando la comunicación entre los mediados en conflicto, con el propósito de que ellos acuerden voluntariamente una solución que ponga fin al mismo total o parcialmente.