Diferencias entre un estúpido y un idiota
CIUDAD DE MÉXICO, 27 de mayo de 2020.- No es tan malo el debate sobre las fuerzas armadas a labores de apoyo a la seguridad pública en modo de seguridad interior. Sólo que el asunto se ha desviado: los militares no van a realizar labores policiacas, sino que su tarea será la de atender una severa crisis de seguridad interior del Estado por el avance de bandas criminales en la ocupación territorial de zonas de soberanía del Estado.
La decisión oficial anunciada en el decreto del lunes 11 de mayo para enviar a militares a apoyo a la seguridad tampoco se preocupó por aclarar las responsabilidades constitucionales. La Constitución de Cádiz de 1812 le otorgó al rey la facultad de disponer a soldados para asuntos de “orden interior”. La Constitución de 1824 registró en la fracción X del 110 la facultad presidencial para usar las fuerzas armadas en casos de “seguridad interior”. La Constitución de 1857 registra la misma facultad, sólo que la coloca en la fracción VI del 85; y la Constitución de 1917, la original y la reformada, también otorga la facultad constitucional de “seguridad interior” como fracción VI del artículo 89.
Por lo tanto, el presidente de la república tiene la jurisdicción de orientar a las fuerzas armadas a tareas de seguridad interior, sin pasar por ninguna autorización del Congreso. Los legisladores sólo pueden aprobar declaraciones de guerra.
El problema radica en el hecho de que los legisladores y la sociedad se han negado a reglamentar la actual fracción VI del 89 constitucional. El intento del gobierno de Peña Nieto de diciembre de 2017 de aprobar la Ley de Seguridad Interior fue boqueado en 2018 y la ley resultó abrogada por mandato de la Suprema Corte de Justicia. La Ley daba marco jurídico a las labores militares en seguridad pública en modo de seguridad interior. La Ley dejó de funcionar, pero no prohibió la actividad castrense en seguridad interior.
A pesar de ser un argumento constitucional desde 1812, es la hora en que existe una ignorancia –real y fingida– sobre la seguridad interior. Las doctrinas de defensa nacional tienen muy claro los espacios de acción: la seguridad pública defiende al ciudadano y sus pertenencias, la seguridad interior defiende al Estado dentro de la república, sus instituciones y el territorio y la seguridad nacional defiende a México de invasiones extranjeras.
Las doctrinas del Colegio de Defensa Nacional definen la seguridad interior en los siguientes términos:
“Condición que proporciona el Estado mexicano para salvaguardar la seguridad de sus ciudadanos y el desarrollo nacional mediante el mantenimiento del Estado de Derecho y la gobernabilidad democrática en todo el territorio nacional”.
Los cárteles del narcotráfico, las bandas del crimen y las organizaciones delictivas han tomado el control de zonas territoriales de la soberanía del Estado, como se ha visto en Guerrero, Michoacán, Chihuahua y ahora en alcaldías del sur de Ciudad de México, entre otras entidades de la república. Un nuevo Cñartel no confirmado se presentó para declarar el control del espacio aéreo de una zona municipal de Michoacán.
La estrategia de “abrazos, no balazos” fue respondida por los criminales con el asentamiento en zonas territoriales, no sólo desplazando al Estado sino asumiendo funciones productivas y fiscales, además de desarrollar estrategia de apoyo social con despensas en zonas abandonadas por el gobierno.
Las acciones criminales han aumentado a actividades de cobro de protección, cobro de cuotas para pequeños negocios y casi cobro de impuestos para proteger a los ciudadanos. Sin fuerzas de seguridad o con policías municipales sin capacitación ni control las bandas delictivas funcionan a veces como dominantes. La decisión de pagar becas a jóvenes de esos lugares no dio resultado y las únicas fuentes de ingreso son los apoyos de los delincuentes.
Los militares participaron en labores de seguridad pública en modo de seguridad interior y tuvieron resultados tangibles: capos muertos en combate, arrestos de los diez principales cabecillas, la captura y recaptura de El Chapo hasta que la justicia estadunidense lo sentencio a cadena perpetua más 30 años, decomiso de toneladas de droga, decomiso de aviones, lanchas, vehículos y cientos de miles de armas.
Sin embargo, se critica la violación de derechos humanos, aunque sin reconocer que la Secretaría de la Defensa Nacional creó su propia dirección general de derechos humanos y todos los miembros de las fuerzas armadas acusadas de abuso de fuerza fueron juzgados y sentenciados por tribunales civiles. En ninguno de los casos hubo intención directa de matar, sino que fueron casos de errores o daños colaterales.
Lo malo de todo radica en el hecho de que no hay otra instancia para enfrentar a las bandas criminales que los militares, que todos los cuerpos policiacos municipales, estatales y federales y la Guardia Nacional han sido rebasados por la violencia criminal y que la pasividad oficial aumentó las cifras de inseguridad y violencia.
En este contexto, las fuerzas armadas van a seguridad pública para recuperar los espacios territoriales e institucionales capturados por las bandas criminales, para combatir los contrabandos de armas, para desarmar a los cárteles que tienen armas para derribar aviones y helicópteros y para llevar ante la justicia a las organizaciones criminales que han crecido en el último año y medio.
Si la gente no quiere a los militares, entonces sería bueno que dijeran quién va a con batir a los delincuentes. Al final de cuentas, las fuerzas armadas son la última línea de defensa de organizaciones criminales que, para colmo, ya son transnacionales y han extendido sus tentáculos a zonas políticas, económicas y de poder del extranjero y con ello amenazaban la soberanía territorial del Estado y de la república.
Lo que debe venir es la redacción de una nueva Ley de Seguridad Interior… o regresar a los militares a sus cuarteles y que la sociedad de defienda como pueda a sí misma.
El autor es director del Centro de Estudios Económicos, Políticos y de Seguridad.