
Reforma de maíz transgénico: ¿camino a soberanía alimentaria de México?
A la memoria siempre vigente del gran tehuantepecano,
distinguido jurista y mejor ser humano, el Dr. Raúl Ortiz Urquidi.
OAXACA, Oax., 7 de febrero de 2021.- La Constitución de 1917, a sus 104 años, sigue siendo el principal referente jurídico y político para la defensa de los derechos y garantías de los habitantes del país.
En la coyuntura de la pandemia los principales actores políticos la han invocado con el sentido de llamar a la unidad y la acción colectiva para vencer la adversidad.
Sobre nuestra Constitución cabe agregar que su texto y el contexto actual son semejantes y muy diferentes al de hace un siglo.
Se parecen porque en la etapa previa a 1917 estuvo vigente el texto de la Constitución de 1857 y entre 1978 y 2018 el texto recobró en parte su origen y sesgo liberal individualista.
Si la de 1857 dio motivo a una política liberal provocadora de la gran desigualdad y revolución social de 1910 que le incorporó los derechos sociales y el mandato de cumplirlos mediante un gobierno fuerte, los últimos dos años entre 2019 y 2020 ha pasado otro tanto con las reformas introducidas por el gobierno de la Cuarta Transformación en favor de los grupos vulnerados y excluidos del mercado y el Estado.
Ahora bien, no se parece, claro es, porque aquel era un país de 15 millones de habitantes, rural, sin petróleo y sin partidos, en tanto que hoy somos 126 millones de mexicanos, uno de los 37 países más ricos del.planeta, mayormente urbano, industrial y de servicios, con un sistema político presidencial y burocrático mucho más grande y complejo, una decena de partidos políticos nacionales y un sistema electoral democrático y pluralista. Ni más ni menos.
Empero, el punto a destacar es que hoy como en aquel entonces tenemos una notoria desigualdad y fuerte demanda popular para que se le dé prioridad a la satisfacción de los derechos sociales deprimidos por los excesos del ciclo liberal.
Y de nuevo cobra relevancia la tesis de que las garantías jurídicas de los derechos sociales deben estar equilibradas con relación a las de los derechos individuales y motivar una acción pública efectiva para concretarlos.
Para ello, mientras no contemos con instituciones jurídicas, políticas y de garantía y control con la suficiente madurez, y en tanto el contexto histórico-cultural no termine de sincronizar y sustentar las prácticas democráticas, el sistema presidencial continuará exigiendo al hombre fuerte que no es más que un hombre más, no un dios.
Es, de nuevo, una inferencia inspirada en las tesis demostradas por el profesor italiano, Luigi Ferrajoli.