Padre Marcelo Pérez: sacerdote indígena, luchador y defensor del pueblo
Centenario de la Constitución Mexicana de 1917 y 95 años de la Constitución oaxaqueña de 1922 (Primera parte)
OAXACA, Oax. 9 de febrero de 2017.- Las celebraciones y actos conmemorativos en torno de la Constitución Mexicana de 1917 han vuelto a colocar en el centro del análisis académico y la discusión pública diversas interpretaciones sobre su origen, contexto, evolución, fortalezas, debilidades, tendencias y retos.
Desde mi perspectiva, tales aspectos se aprecian de mejor forma si se toma en consideración la relación entre la Constitución nacional y las constituciones locales, en este caso la Constitución de Oaxaca de 1922, o bien los contenidos de la novísima Constitución del Estado de la Ciudad de México de 2017.
En una serie de entregas me permitiré mostrar algunos de esos aspectos a efecto de provocar más reflexiones y propuestas que conduzcan a rescatar y revitalizar el Estado constitucional federal mexicano.
Sobre esto último, debe tenerse presente que en los años que corren nos enfrentamos al tremendo desafío de reconfigurar el Estado de Derecho, en particular en y desde la entidad federativa que vio nacer a los fundadores del orden jurídico mexicano moderno, cuya renovación profunda deberemos consumar en los años por venir: Oaxaca.
El Origen.
No debe pasar inadvertido que la Constitución de 1917 recibió, complementó y consolidó la ideología jurídica y política liberal que motivara el pensamiento y la acción de la Generación de la Reforma que lideraran Benito Juárez (1806-1872) y Porfirio Díaz (1830-1915) durante la segunda mitad del siglo 19 y la primera década del siglo 20.
Esta Generación, que a su vez asumió el legado de hombres de la talla del jaliciense Valentín Gómez Farías (1781-1858) y del guanajuatense José María Luis Mora (1794-1850), los cuales en su tiempo confrontaron las ideas liberales-conservadoras del también oaxaqueño Carlos María de Bustamante (1774-1848) y el guanajuatense Lucas Alamán (1792-1853), alcanzó logros relevantes.
Por ejemplo, esa Generación no sólo consiguió terminar con la amarga historia de guerras internas e intervenciones extranjeras que desgarraron a un país que perdió, como ninguno otro, más de la mitad de su territorio durante su infancia independiente (entre 1821 y 1854) si no que reafirmó su soberanía, estabilidad política e inició su inserción en el mundo del capitalismo occidental, así fuera en condición de un país periférico y dependiente en relación con las grandes potencias a las que surtía de materias primas.
La Constitución federal de 1857, antecedente de la Constitución de 1917, comenzó a dejar atrás el modelo de estado semi-confederal consagrado en la Constitución de 1824. Conforme con este último, las entidades federativas ejercían amplias competencias en materia de finanzas públicas, organización de elecciones, gobierno y administración, educación, elección y nombramiento de legisladores federales, ministros de la Suprema Corte y Presidente de la República, además de control constitucional y uso de la fuerza pública; es decir, los poderes federales y sobre todo el Presidente de la República eran muy débiles.
Optó, al mismo tiempo, por un modelo semi-parlamentario de gobierno que debilitaba en el ámbito federal al propio titular del Poder Ejecutivo ya que un Congreso de una sola Cámara tenía importantes facultades de veto frente al poder presidencial.
Aunque desapareció la figura del Vicepresidente, se construyó una Suprema Corte de Justicia poderosa pues su titular se convertía en Presidente de la República ante su ausencia absoluta. Si a ello se agrega que la Constitución de 1857 incorporó por primera vez el principio de laicidad, en el contexto de una sociedad de amplia mayoría religiosa católica y pueblo que en su minoría hablaba el español, entonces se comprenderá el carácter vanguardista e instituyente –difícil de aplicar– de ese texto.
En efecto, esa Constitución, que se preocupaba por proteger los derechos individuales y las libertades, y que por primera vez preveía el amparo judicial, no correspondía a las condiciones sociales del momento y carecía de los instrumentos para que los poderes públicos mediaran entre los poderes reales (Iglesia, Ejército y capitales extranjeros), los intereses nacionales y los derechos sociales de la mayoría de la población.
De allí que primero Benito Juárez salvara a la Patria gobernando al país en medio de la Guerra de los Tres Años (1858-1861) en contra de los conservadores, y luego la salvara de la Guerra de Intervención Francesa (1862-1867) que estuvo a punto de acabar con su independencia y soberanía si no fuera por una combinación coyuntural de factores externos e internos.
Después del periodo conocido como la República Restaurada (1867-1876), cuando floreció el pluralismo y la libertad tan añorada durante años de inestabilidad y dictaduras diversas, el primer gobierno de Porfirio Díaz (1876-1880) y sus sucesivas reelecciones (1884-1910) terminaron por mostrar las debilidades de las formas de estado ultra-federalista y de gobierno semi-parlamentario escritas en el texto de la Constitución de 1857.
Por una parte, Díaz se distanció de la Constitución formal y sentó las bases de las prácticas político-electorales y costumbres constitucionales que inspirarían el presidencialismo mexicano del siglo 20: una forma de gobierno propiamente personalista, clientelar y consensual, hasta entonces sin partidos políticos.
Por la otra, aceleró el desarrollo económico absorbiendo las tecnologías e inversiones extranjeras propias de la primera (acero, hulla, mecanización, ferrocarriles) y segunda (petróleo, electricidad, motor de combustión interna, telégrafo) revoluciones industriales procedentes de los países imperiales europeos y estadounidense.
México vio por primera vez en su historia independiente varios lustros de crecimiento económico y prosperidad. Sólo que lo hizo a costa de la manipulación de la Constitución de 1857 y la aguda desigualdad e injusticia social que, junto con la competencia e influencia de los Estados Unidos, conduciría a la ruptura política, a la Revolución Mexicana, al Congreso Constituyente de 1916-1917 y a la Constitución promulgada el 5 de febrero de hace cien años.
El origen de esta fue, por tanto, al mismo tiempo restauradora de la Constitución de 1857, positivista en su filosofía jurídica, libertaria y democrática con respecto a la política porfiriana, laica frente al persistente poder eclesiástico, nacionalista frente a los intereses extranjeros, e innovadora, igualadora y justiciera en términos de la compensación entre clases sociales.
En cuatro palabras: enmarcó nuestro siglo 20.
Raúl Ávila Ortiz es doctor en Derecho por la UNAM y Maestro en Estudios Latinoamericanos por la Universidad de Texas en Austin. Profesor de posgrado e Investigador Nacional Conacyt/SNI 1