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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de enero de 2022.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos de la y los presentes, la resolución de la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional (PAN) en la que se determinó que Héctor Larios Córdova no tiene la calidad de expresidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) y, por lo tanto, no puede integrar la Comisión Permanente del Consejo Nacional del referido partido.
Refiere un comunicado que en el contexto del proceso interno para la elección de los integrantes del CEN del PAN para el periodo 2021-2024, Larios Córdova, entonces secretario general, fue designado temporalmente presidente del CEN debido a que Marko Antonio Cortés Mendoza, en ese momento presidente, solicitó licencia en el cargo a efectos de participar en el proceso interno para el mismo cargo.
El 2 de octubre, en sesión extraordinaria del Consejo Nacional del PAN se declaró electa a la planilla encabezada por Marko Antonio Cortés Mendoza, por lo que se procedió a tomarles protesta. Con motivo de lo anterior, Héctor Larios Córdova consideró que cumplía con el carácter de expresidente del CEN, por lo que estimó que tenía derecho a integrar la Comisión Permanente del Consejo Nacional pues, entre otros militantes, esta comisión se integra por las expresidentas y expresidentes del partido. En consecuencia, sostuvo ante el partido que debió ser convocado a sus sesiones.
Al respecto, la Comisión de Justicia determinó que Larios Córdova no tiene la calidad de expresidente del CEN y, por tanto, no puede integrar la Comisión Permanente del Consejo Nacional del PAN. Lo anterior, fue impugnado ante la Sala Superior.
En sesión pública por videoconferencia, a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el pleno revocó la resolución impugnada, pues estimó que la autoridad partidista no estudió los agravios relacionados con la incongruencia en la interpretación dada la lectura que el propio partido ha realizado en casos previos sobre quien cuenta con el carácter de expresidenta o expresidente del CEN, para efectos de integrar la Comisión Permanente.
Por tanto, le ordenó a la Comisión de Justicia del PAN emitir una nueva determinación, en un plazo de cinco días hábiles, a partir de un análisis completo, exhaustivo, fundado y motivado, de la totalidad de los argumentos realizados por Larios Córdova (SUP-JDC-9/2022).