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XALAPA, Ver., 4 de agosto de 2016.- La Sala Regional Xalapa del TEPJF revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que validó la elección de concejales al ayuntamiento de Santa María Tonameca, Puchutla, así como la constancia de mayoría expedida a favor de la planilla postulada por el PAN, como parte del juicio de revisión promovido por el Partido Nueva Alianza.
En consecuencia, ordenó al Tribunal local realizar el recuento parcial de votos en las 12 casillas solicitadas por el partido actor y, luego de dicha diligencia, emitir una nueva determinación en el recurso de inconformidad motivo del disenso.
A tal determinación arribaron los magistrados federales, ya que, si bien es cierto que no procedía el recuento total de los votos de las 12 casillas, toda vez que la diferencia entre el primero y el segundo lugar no era igual o menor a un punto porcentual, el Tribunal local debió ordenar el recuento parcial al detectarse en una casilla errores evidentes en los elementos del acta de escrutinio y cómputo, y en las once restantes, que los votos nulos fueron mayores a la diferencia entre el primero y segundo lugar.
Considerando que debían de tomarse en cuenta los supuestos de procedencia previstos en los lineamientos para el desarrollo de las sesiones de cómputo, en los que se prevén causas distintas a las establecidas en el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales de Oaxaca, ya que estos fueron emitidos con el fin de complementar las disposiciones del Código Electoral, conforme a los dispuesto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al señalar que las disposiciones del referido Código debían adminicularse, entre otras normas, con las leyes generales.