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CIUDAD DE MÉXICO, 29 de mayo de 2019.- El Consejo de la Judicatura Federal (CJF), en virtud de que ha trascendido la suspensión provisional concedida a Emilio Lozoya Austin por el Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, aclaró que ello no implica que se haya otorgado un amparo a favor del agraviado ni interrumpe la persecución del delito.
La suspensión provisional, como medida cautelar, no significa el otorgamiento del amparo. La suspensión no surtirá efectos si se trata de delitos en donde proceda la prisión preventiva oficiosa, o de delitos considerados como graves.
Mientras que la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a Interpol activar una ficha roja contra Lozoya Austin, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), implicado en el caso de corrupción de la constructora Odebrecht.
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