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Nearshoring, gran oportunidad que MiPyMEs no deben perder
Cipriano Flores Cruz
OAXACA, Oax., 25 de noviembre de 2018.- La Cuarta Transformación convocada por Andrés Manuel López Obrador, es un cambio profundo de las estructuras económicas, sociales, políticas, jurídicas y de valores de nuestro país, equiparable a las tres revoluciones de la historia patria.
La relación entre el Estado y las naciones mexicanas, antes indígenas, no puede escapar a esta voluntad de cambio.
Al votar la Cámara de Diputados la ley que crea la relación entre el gobierno federal y las naciones mexicanas, que la Constitución Mexicana sólo reconoce como pueblos culturales e históricos.
En el artículo tercero viene lo más fundamental e histórico de esta ley: el reconocimiento de los pueblos o naciones mexicanas y el pueblo negro como sujetos de derecho público.
En cristiano esto quiere decir que un pueblo indígena, como por ejemplo la nación zapoteca, es ya una persona jurídica colectiva, como tal persona puede reclamar y exigir ante los gobiernos el cumplimiento efectivo de sus derechos consagrados en nuestras leyes y de los convenios internacionales suscritos por nuestro país, no sólo como agencia, municipio sino como pueblo, de aquí la importancia de este reconocimiento.
Además, puede decidir sobre su propio destino sin violentar la unidad nacional. Esta nación mexicana tiene el poder de obrar por sus órganos, es decir, si nos unimos todas las comunidades y municipios zapotecas podemos formar un gobierno regional para acordar con el Estado oaxaqueño y el gobierno federal lo que a nuestros intereses convenga.
Como es de observarse la trascendencia de este reconocimiento es vital, es revolucionaria, está a la altura de la Cuarta Transformación, sin embargo, siempre hay un, pero, primero se tenía que reconocer en la Constitución, porque no se puede reconocer en una ley secundaria, en este sentido, en este momento este reconocimiento es inconstitucional, salvo que se considere en los transitorios su entrada en vigor hasta la reforma constitucional.
Dado este reconocimiento de las naciones mexicanas como sujetos de derecho público, pueden gobernarse por sus órganos, no de forma fragmentada en comunidades o municipios, sino en unidad.
Esto significa que los zapotecos del Valle, de las sierras Norte y Sur y del Istmo somos una sola nación y podemos conformar nuestros órganos de gobierno propio, independientemente de seguir organizándose en agencias y municipios. Esto es posible, salvo que salga algún abogado conservador que opine lo contrario.
En esta tesitura, ante la voluntad de transitar por este reconocimiento, cualquier órgano creado por el gobierno federal para relacionarse con las naciones mexicanas tendría que haber sido por acuerdo de las partes, porque estaríamos en igualdad de estatus jurídico, por eso se tendría que haber esperado la reforma constitucional.
Esto significa que la naturaleza, objeto y funciones del órgano administrativo debería haberse establecido con los órganos representativos de los pueblos o haberse constituido un órgano nacional representativo en forma democrática.
Se hicieron consultas, pero no fueron representativas sino simplemente conformada con ciudadanos y organizaciones sociales no representativas.
De haberse consultado de la forma representativa y democrática, seguramente se hubiese creado un organismo autónomo integrado por los representantes de las naciones mexicanas y delegados del gobierno federal y no un organismo descentralizado gobernado por un grupo de burócratas integrados en una Junta de Gobierno.
En el Instituto existirá representación de las naciones llamada Consejo Nacional Indígena que sólo puede analizar, opinar y hacer propuestas al nuevo encomendero, al nuevo patrón, llamado Junta de Gobierno que define los criterios, prioridades y las metas del organismo llamado Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en donde para terminar de amolar, sólo habrá dos representantes de los pueblos.
Increíble, un organismo que se define como “de los pueblos indígenas” sólo cuenta con dos voces dentro de una mayoría de burócratas en un órgano de alta decisión para nuestros pueblos.
No hubiese sido más efectivo, más honorable para las naciones mexicanas, que por acuerdo entre éstas y el gobierno federal se hubiese instituido un órgano de representación nacional integrado por los representantes legítimos de las 68 naciones y uno del pueblo negro, como máxima autoridad, con órganos ejecutivos al mando de un Secretario Ejecutivo nombrado por la representación de las naciones mexicanas a propuesta del Presidente de la República.
Así tendríamos un Instituto que tendría por objeto hacer efectivo los derechos de las naciones mexicanas establecidas en la Constitución y en las normas internacionales por acuerdo de las partes, por consultas informadas y debatidas en comunidades y pueblos, con suficientes recursos financieros, técnicos, humanos, de materiales, empleados en forma eficiente y transparente, informando periódicamente a la representación de las naciones mexicanas.
Bueno, ni hablar, el Congreso se quedó corto en esta ley, no estuvo a la altura de la Cuarta Transformación del Presidente electo.
Seguiremos insistiendo hasta la victoria, en vía de mientras se dio un paso trascendental con el reconocimiento de estas naciones como sujetos de derecho público, pero al conformar el Instituto, diputados y senadores le quedaron a deber a la historia, no la hicieron.