Economía en sentido contrario: Banamex
OAXACA, Oax., 19 de septiembre de 2017.- Hace una semana del inicio formal del Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, y con éste se vienen una serie de frases, términos y palabras que para quienes toca cubrir la nota de #Elecciones2018 será un alud de especificaciones que podría complicarle la vida a más de una o uno.
Y entre tantos términos, el que refiere a la difusión de la imagen, propaganda o actos anticipados de precampaña y campaña, serán las investigaciones iniciadas por la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (Fepade) y las que realicen el Instituto Nacional Electoral (INE) o en su caso el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), a éstos se les conoce como procedimientos especiales sancionadores o PES, por sus siglas, una terminología que será constante de septiembre de 2017 a julio de 2018.
Basta revisar lo que a diario se publica en redes sociales, las notas sobre el uso de imágenes por ciertos políticos en cualquier acto que nada tenga que ver con la precampaña o campaña —de hecho— hasta enero del 2018, nadie debería promocionar su rostro o nombre en los medios o cualquier otro tipo de propaganda, llámese flyers, lonas y no se digan de las playeras, gorras, mandiles, entre otros.
Pero para no perdernos en lo que significa el PES para los procesos electorales, sería bueno tener presente quiénes son aquellos sujetos a este procedimiento. Y la respuesta sería prácticamente todas y todos, desde los partidos políticos, ciudadanía en general, aspirantes, precandidatas o precandidatos, candidatas o candidatos, autoridades, servidores públicos y concesionarios de radio y televisión, entre muchos más, vamos, como mencionaba en este párrafo, todas y todos.
Y ¿qué puede suceder? Pues si alguno de los sujetos mencionados en el párrafo anterior, decide incluir su nombre, foto, voz o símbolo que represente una promoción personalizada; viole las normas sobre propaganda política o electoral establecida para los partidos políticos y candidatos o en su caso realicen actos anticipados de precampaña o campaña o para los aspirantes a candidatura independiente, sea un acto anticipado para obtener el apoyo ciudadano, las sanciones serían pecuniarias, es decir multas y más multas, bueno, aunque también podrían quedar en amonestaciones públicas, pero siempre estará presente la posibilidad de terminar pagando al gobierno por sus faltas.
¡Ah! Pero ello, no significa que si violan la ley, todo se resuelve pagando una multa —pequeña o grande—, pues a la par de las multas, la Fepade (si aquella que investiga los delitos electorales) puede determinar que esas violaciones se terminen pagando con cárcel.
Así que si toca cubrir el proceso electoral, vale conocer un poco sobre el procedimiento especial sancionador.
¿Cómo funciona?
Bien, grosso modo, el procedimiento especial sancionador se presenta ante el la Secretaría Ejecutiva a través de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, quién se lo hará saber a la Comisión de Quejas y Denuncias para que examine las pruebas aportadas. Aquí se puede admitir o desechar, en caso de lo primero, se inicia con el procedimiento para recabar pruebas y al finalizar el expediente se remite ante el órgano jurisdiccional correspondiente, es decir, los tribunales electorales, y serán estos quienes determinen si sancionan o no.
En Oaxaca, el encargado de esto, es el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, que por cierto, también pueden impugnar, pues la reforma del 2014, creó una sala regional encargada de revisar y determinar lo correspondiente, la Sala Regional Especializada, con sede en Xalapa, Veracruz, si no me creen, pueden dar click en la siguiente liga y revisar algunas de las sanciones que esta sala ha fijado: http://portales.te.gob.mx/srespecializada/
Sí hay mucho más que revisar, pero este esbozo puede ayudar para que la cobertura de las #Elecciones2018 no se nos compliquen, al menos no tanto como se complican la vida las y los aspirantes, que créanme se darán de topes, descalificaciones y tantos vituperios que al menos tener conocimiento de los delitos electorales y los procedimientos sancionadores, les hará centrarse –por el momento—en la siguiente entrevista.