Senado, listo para construir el mejor acuerdo para la CNDH: Nino Morales
OAXACA, Oax. 2 de abril de 2016.- El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), aprobó por unanimidad de votos, los registros de siete candidatos a gobernador de Oaxaca, presentados en dos coaliciones y cinco partidos políticos.
En tanto, declaró improcedente la solicitud de registro de candidato independiente Juan Manuel García López.
En una sesión que se prolongó por un par de horas debido a que los representantes de los partidos PAN, PRI, PRD, PVEM, Panal y Morena se extendieron en la discusión sobre los requisitos de elegibilidad del candidato de la coalición PRI-PVEM y Panal, los consejeros electorales aprobaron por unanimidad el registro de José Antonio Estefan Garfias, como candidato a Gobernador del Estado postulado por la Coalición «Con Rumbo y Estabilidad por Oaxaca» integrada por los Partidos Políticos: Acción Nacional y de la Revolución Democrática.
Asimismo, aprobaron el registro de Alejandro Ismael Murat Hinojosa, postulado por la Coalición «Juntos Hacemos Más» integrada por los Partidos Políticos: Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.
De igual forma, avalaron el registro de Ángel Benjamín Robles Montoya, como candidato a Gobernador del Estado postulado por el Partido del Trabajo y aprobaron el registro de Francisco Javier Jiménez Jiménez, como candidato a Gobernador del Estado, por el Partido Unidad Popular.
El Consejo General del IEEPCO aprobó también el registro de Manuel Pérez Morales, como candidato a Gobernador del Estado por el Partido Socialdemócrata de Oaxaca y también el registro de Salomón Jara Cruz, por el Partido Morena.
Por el Partido Renovación Social se aprobó el registro de Joaquín Ruiz Salazar, como candidato a la gubernatura.
El Consejo General pidió se expidan las constancias correspondientes a los candidatos a Gobernador del Estado, postulados por las Coaliciones y los partidos políticos referidos.
El acuerdo destaca que las solicitudes de registro de candidatos a Gobernador del Estado, presentadas por las Coaliciones y los Partidos Políticos, cumplen con lo dispuesto por el artículo 156, del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca, pues señalan el Partido Político o Coalición que las postula, así como demás datos de los candidatos.
En el caso de la solicitud de registro de candidato independiente a Gobernador del estado presentada por el ciudadano Juan Manuel García López, las consejeras y consejeros la declararon improcedente.
Argumentaron que Juan Manuel García López, no cumplió con lo establecido en el artículo 16 de los Lineamientos del IEEPCO en materia de Candidaturas Independientes, de aplicación en el Proceso Electoral Local 2015-2016, así como la Base Séptima de la de la convocatoria a las ciudadanas y ciudadanos que pretendan participar como candidatas y candidatos independientes, en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016.
Ello, debido a que no contiene cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al estado de Oaxaca con corte al 31de agosto del año previo al de la elección, y no está integrada por electores de por lo menos 13 de los 25 distritos, en los cuales todos los porcentajes obtenidos son menores al 1% de ciudadanas y ciudadanos que figuran en la lista nominal de electores de cada uno de ellos.
El acuerdo establece que tomando en consideración que el apoyo ciudadano presentado por Juan Manuel García López, no reúne los porcentajes necesarios para poder satisfacer el requisito respectivo para obtener el registro de candidato independiente para la elección de Gobernador del Estado, el Consejo General considera que no es procedente la solicitud de registro de candidato independiente a Gobernador del Estado presentada por el ciudadano Juan Manuel García López, por las razones expuestas.
Precisa que aun cuando este Consejo General adoptara una postura garantista para otorgar el registro como candidato independiente a Gobernador del Estado al ciudadano Juan Manuel García López, y tomara como válidas todas las cédulas presentadas por el citado ciudadano, y se hubiera considerado que en todas las cédulas se hubieran rellenado en los diez campos que las componen, de las 2 mil 660 cédulas de apoyo ciudadano, únicamente hubiera obtenido 26 mil 600 apoyos ciudadanos, de los 53 mil 418 apoyos ciudadanos que se requirieron para obtener el 2% necesario, sin contar el requisito del 1% o más en la mitad de los distritos electorales locales que se compone el estado.
Añade que el instituto efectuó el análisis y verificación correspondiente, de las cédulas de apoyo ciudadano y las copias de las credenciales para votar con fotografía presentadas por el ciudadano Juan Manuel García López, detectándose en un primer momento una diferencia de cuatro cédulas de apoyo ciudadano con respecto a las descritas en el acuse de recibo respectivo, de lo que se desprende que el ciudadano Juan Manuel García López presentó un total de 2 mil 556 cédulas de apoyo ciudadano.
Ahora bien, de las 2 mil 556 cédulas de apoyo ciudadano, se observó que mil 276 cédulas eran originales y mil 280 eran fotocopias de cédulas de apoyo ciudadano, en virtud de lo cual se contabilizaron las cédulas originales de apoyo ciudadano, de las cuales se sumó un total de 11 mil 802 apoyos ciudadanos; así entonces, los 11 mil 802 apoyos ciudadanos presentados por el ciudadano Juan Manuel García López, representan el 0.4% de la lista nominal con corte al 31 de agosto del 2015. De la misma forma, en ningún distrito presentó apoyo ciudadano el cual representara igual o más del 1% de la lista nominal.