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Oaxaca, Oax. 15 de enero de 2013 (Quadratín).-Con el fin de resolver los juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano (JDC), así como el recurso de apelación (RA) acumulados, el pleno del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca llevó a cabo la mañana de este martes la sesión pública correspondiente.
Los tres recursos JDC/51/2012, JDC/01/2013 y JDC/02/2013, fueron promovidos por los ciudadanos Salomón Aguirre Zárate, Marco Antonio Fernando Yánez Torres, Enrique Aguilar González de Cosío, asimismo, el único recurso de apelación RA/01/2013, fue presentado por el Partido Social Demócrata de Oaxaca, a través de su representante propietario. Todos en contra del acuerdo CG-IEEPCO-41/2012, dictado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), por el que se designa a los presidentes, secretarios y consejeros electorales propietarios y suplentes, que integrarán los consejos distritales electorales para el proceso electoral ordinario 2012-2013.
De esta forma, los ciudadanos promoventes, reclaman que el proceso de selección realizado por el Consejo General del IEEPCO, no fue el adecuado para designar a los presidentes, secretarios y consejeros electorales propietarios y suplentes, que integrarán los consejos distritales electorales. Sin embargo, en el análisis de los recursos, cuya ponencia estuvo a cargo de la magistrada presidenta de este tribunal, Ana Mireya Santos López, se concluyó que el IEEPCO por medio de su Consejo General cubrió toda la reglamentación establecida en el artículo 44 del Código Electoral, para la revisión de todas y todos los que participaron en la citada selección, dando cumplimiento a lo que la ley dispone de acuerdo a los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad y objetividad.
Por lo tanto, el pleno del tribunal, resolvió declarar infundados e inoperantes los agravios hechos valer por los ciudadanos demandantes, y se confirmó el acuerdo dictado por el Consejo General del IEEPCO, por el que se designa a los presidentes, secretarios y consejeros electorales propietarios y suplentes que integraran los consejos distritales electorales.
Es así que se ordena la notificación correspondiente a las partes involucradas, y al haberse agotado los asuntos, se dio por concluida la sesión pública.