
Aprueba Senado estrategia nacional de seguridad 2024-2030
Oaxaca, Oax. 5 de enero de 2011 (Quadratín).- San Pedro Ixtlahuaca es un municipio conurbado a la ciudad de Oaxaca que se rige por el sistema de usos y costumbres. Mera formalidad electoral, pues, como ya ocurre con la mayoría de los municipios conurbados (y en muchos más de los Valles Centrales y otras regiones) el mecanismo de la asambleas comunitaria ha sido trastocado fuertemente por la influencia de los partidos políticos, algunos dirigentes sociales que hoy o son funcionarios del nuevo gobierno o diputados locales y los grupos de poder político y económico.
A lo anterior debe agregarse, para el caso específico de este municipio localizado a menos de media hora de la ciudad de Oaxaca, el enorme poder adquirido en los últimos años por abogados y políticos estrechamente vinculados a las decenas de cantinas, bares y prostíbulos y a la bollante industria del narcomenudeo, que se extiende no solamente a otros municipios colindantes como Xoxocotlán y Atzompa , sino que también atraviesa la ciudad capital para tocar fondo en el municipio de Santa Lucía del Camino.
Este es el grupo que ahora se ha quedado con la presidencia municipal de San Pedro Ixtlahuaca mediante una serie de maniobras legaloides, agresiones y amenazas y, sobre todo, por el desmedido apoyo que encontró en el órgano electoral cuyo Consejo General llegó al extremo de desacatar la resolución del Tribunal Estatal Electoral que ordenó revocar la validez otorgada por el IEE a una asamblea irregular e inconclusa y convocar a una elección extraordinaria.
De acuerdo a lo establecido en la Ley General de Medios de Impugnación en materia electoral para el estado de Oaxaca, las sentencias que dicta el Tribunal Estatal Electoral son definitivas e inatacables. Por lo tanto, todas las autoridades deben acatarlas.
Sin embargo, el Consejo General del IEE violó dicho disposición, argumentando que la asamblea de ciudadanos de San Pedro Ixtlahuaca celebrada el 24 de octubre en donde resultó electo como presidente municipal el señor Alejandro López Jorán cumplió con todos los requisitos de validez establecidos en el CIPPEO: el presidente municipal Pedro Manuel Duarte Medina signó la convocatoria, estuvo presente en la asamblea y presidió la Mesa de Debates, verificó el quórum legal y atestiguó la aprobación del método de votación. De manera deliberada, en el acta del
Consejo General del IEE del 29 de diciembre en donde se refieren estos hechos, solo se señala que la autoridad municipal se retiró de la asamblea sin precisar el clima de intimidación y violencia alentada por los partidarios de quien luego se proclamaría triunfador de la contienda.
En el mismo documento se apunta que (ya sin la autoridad municipal) se llevó a cabo la votación por parte de los ciudadanos a través de planillas y levantando la mano resultando electo el ciudadano Alejandro Ericel López Jorán con 356 votos ( el supuesto opositor Eduardo Escobar Pérez solo obtuvo 151 votos).
Un día después de ésta elección a modo, la parte inconforme, encabezada por el presidente municipal Pedro Manuel Duarte Medina, se presentó e inconformó ante la Dirección de Usos y Costumbres del IEE para detallar todas las irregularidades registradas en la asamblea en donde resultara electo López Jorán y, por supuesto, para solicitar su anulación. Buscaron dialogar con el presidente José Luis Echeverría pero nunca fueron atendidos y, al contrario, el 22 de noviembre el Consejo General del IEE validó dicha elección. Presentaron entonces su recurso de inconformidad ante el Tribunal Estatal Electoral que el 21 de diciembre revocó la validez otorgada a la asamblea en donde fuera electo Alejandro López Jorán.
Se ordena al citado Consejo General que en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días disponga las medidas necesarias, suficientes y que resulten razonables para evitar la generación de violencia o la comisión de cualquier tipo de desórdenes sociales al seno del municipio de San Pedro Ixtlahuaca y lleve a cabo la elección extraordinaria de concejales en el municipio referido
Eso fue la parte medular de la sentencia del TEE que fue desacatada por partida doble por el IEE: primero, se olvidó que su papel principal es actuar con imparcialidad y agotar las vías de conciliación. Al no hacerlo prohijó actos de vandalismo que luego devino en la violenta toma de las instalaciones del TEE y la agresión a sus empleados. Y, segundo, para sellar su complicidad con el grupo agresor Echeverría y sus consejeros ratificaron en todos sus sentidos su acuerdo del 22 de noviembre.
Detrás de Echeverría, o muy de la mano, fue visible la presencia del operador electoral del ulicismo y asesor de los rijosos, Alejandro Avilés, sin descartar probables arreglos en lo oscurito con los principales dueños de antros y demás giros negros del municipio.
El gobernador Gabino Cué, al expresar su extrañeza por el alto número de conflictos post-electorales, sobre todo en los municipios de usos y costumbres, se ha pronunciado por una revisión a detalle sobre el origen, causas y la responsabilidad que en dichos conflictos tuvieron las autoridades electorales, tanto del IEE como del TEE. Por eso mismo, el caso de San Pedro Ixtlahuaca no debe ser un expediente cerrado desde el punto de vista legal.
Por la turbiedad, los intereses económicos y los personajes que han estado detrás de todo el proceso de elección de autoridades municipales, y sobre todo, porque el desacato a una sentencia del TEE puede crear una precedente de impunidad que pudiera reeditarse, el caso debe someterse a una cuidadosa revisión por parte del poder legislativo.
Guardar silencio o asumir que el conflicto ya fue superado políticamente en nada contribuirá a ir modificando los viejos usos y costumbres de las complicidades y la violación sistemática de la ley.
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