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OAXACA, Oax. 22 de marzo de 2026.- La Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia fue traducida al zapoteco del Valle, variante de San Pablo Villa Mitla, por el Instituto de Lenguas Originarias de Oaxaca ( ILEO) y la Secretaría de Interculturalidad, Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (SIPCIA), cumpliendo así una sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en respuesta a un amparo promovido por la estudiante de derecho y activista zapoteca, María Fernanda Hernández Morales.
“Ley Estatal Karu Sahk Jiu’ Regunaa Lo Te Yelnabahn Karu Xeti Yelrusaksíí Porsi Nahkreni Gunaa” es el nombre en zapoteco de la ley publicada en le Periódico Oficial el 23 de marzo de 2009 y que fue traducido íntegramente por Misael Martínez Martínez y Gerardo Santiago García en un lapso de dos meses, en donde se reconoce el derecho de las mujeres indígenas a ser protegidas contra la violencia y a conocer sus derechos en su lengua.
El ex titular del ILEO y ahora secretario de SIPCIA, Víctor Cata, explicó que no sólo se cumple con un mandato, sino que la traducción garantiza la pertinencia lingüística para un trabajo preciso y respetuoso con los pueblos originarios.
Además de que se da cumplimento a la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas en donde se reconoce las lenguas indígenas como lenguas nacionales, garantizando el derecho a utilizarlas en cualquier ámbito público o privado, incluyendo el acceso a documentos legales como las leyes.
Con esta traducción total de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las mujeres zapotecas de San Pablo Villa Mitla pueden consultar, compartir y difundir sus derechos en su lengua, para la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia de género contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar el disfrute de este derecho, favoreciendo su desarrollo y bienestar.
La orden de la SCJN echó abajo una resolución previa de una juez federal en Oaxaca que sobreseyó el caso y ordenó una traducción sintetizada de la ley, pero la corte la consideró insuficiente y discriminatorio, pues limitaba el acceso pleno a los derechos que la ley otorga a las mujeres indígenas.
Por último, Víctor Cata señaló que el acceso a la información jurídica en las lenguas originarias fortalece los derechos, por tal motivo SIPCIA pone a disposición la traducción integral aquí: https://www.oaxaca.gob.mx/interculturalidad/ley-de-acceso-a-las-mujeres-a-una-vida-libre/