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CIUDAD DE MÉXICO, 15 de octubre de 2020.- La Sala Constitucional y Cuarta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), es la instancia que garantiza la dignidad, las libertades y los derechos fundamentales de las personas consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Conformada por la magistrada Gregoria Hortensia Castellanos Chávez, como presidenta y los magistrados Fernando Enrique Méndez Ortega y Narciso Abel Alvarado Vásquez, le corresponde resolver controversias, controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad y juicios para la protección de los derechos humanos, informó en un comunicado.
El inicio de sus funciones, en octubre del 2013, representó un paso significativo en el fortalecimiento de la cultura jurídica ya que amplió la protección de los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales y garantizó el apego de las leyes y actos de gobierno a los principios constitucionales, así como el cumplimiento efectivo de las recomendaciones emitidas por la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO).
Al hablar sobre las funciones de la Sala Constitucional y Cuarta Sala Penal, la magistrada Gregoria Hortensia Castellanos Chávez explicó que además de este tipo de asuntos relacionados con los derechos humanos, también se atienden casos penales tanto del modelo tradicional como de juicio oral.
Mencionó que actualmente, con el apoyo de las herramientas tecnológicas y del personal de instituciones en materia de administración y procuración de justicia, se han llevado a cabo audiencias virtuales para dar seguimiento y atención a los temas de su competencia, cuidando en todo momento la salud y la vida tanto de usuarios como del personal jurisdiccional.
De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, en su artículo 10 establece que el Pleno del Tribunal Superior de Justicia es la máxima autoridad de esta institución.
Asimismo, el artículo 20 señala que funcionará con las Salas que sean necesarias para la pronta y expedita impartición de justicia y que éstas podrán ser especializadas en razón de la materia.