¿Cómo afectaría la desaparición del INAI a los derechos ciudadanos?
OAXACA, Oax., 22 de febrero de 2021.- GESMujer detalló que la violencia hacia las mujeres y las niñas no es normal, y detectar y atenderla a tiempo debe ser una prioridad de las instancias públicas de prevención, atención y sanción de la violencia basada en el género, pues de no hacerlo la violencia crece en frecuencia e intensidad y puede llegar incluso hasta el feminicidio.
De acuerdo al monitoreo de violencia feminicida del Grupo de estudios sobre la mujer Rosario Castellanos, 295 niñas y mujeres han sido asesinadas de manera violenta desde la declaratoria de alerta por violencia de género en Oaxaca, 15 en lo que va del año, incluyendo los indignantes feminicidios de Elizabeth y Carolina, ocurridos en Salina Cruz y Juchitán respectivamente, se dijo en un comunicado.
De acuerdo a nuestros registros, en lo que va del año, el 27 por ciento de los asesinatos violentos han ocurrido en la propia casa de las víctimas y en el caso de Carolina, murió en el hospital después de haber sido fuertemente golpeada en su hogar por su pareja sentimental.
En el Grupo de estudios sobre la mujer Rosario Castellanos se brindan asesorías psicológicas y legales a mujeres que viven alguna de las formas de violencia. Durante la pandemia por Covid 19 se incrementó el nivel de riesgo, por lo que fue necesario recurrir a mecanismos jurídicos de protección para salvaguardar la integridad y la vida de las mujeres. Desafortunadamente uno de los principales obstáculos encontrados fue el desconocimiento o falta de aplicación de las órdenes de protección en algunas instancias.
¿De las 295 mujeres y niñas asesinadas de manera violenta desde la declaratoria de alerta por violencia de género en Oaxaca solicitó una orden de protección?, ¿le fue otorgada?, ¿se identificó su nivel de riesgo de violencia?, nos preguntamos en el Grupo de estudios sobre la mujer Rosario Castellanos.
Reconocemos la importancia de socializar información que contribuya a empoderar a la ciudadanía, a sumar esfuerzos y voluntades para la protección de los derechos humanos de las niñas y las mujeres, por ello en el mes de febrero se impartió de manera virtual un taller sobre órdenes de protección, que son mecanismos que tienen una fundamentación legal y se otorgan para proteger la integridad y la vida de víctimas de violencia basada en el género.
La respuesta a la convocatoria fue muy positiva, lo que significa que hay un profundo interés en ser parte de las soluciones ante los elevados niveles de violencia de género y violencia feminicida.
Durante las dos sesiones de trabajo virtual se dio respuesta a preguntas como: ¿Qué es una orden de protección y para qué sirve?, ¿En que se fundamenta? ¿Quién puede solicitar una orden de protección? ¿Quién puede otorgar una orden de protección?, así como las diferencias en la legislación sobre las órdenes de protección y su temporalidad, los temas fueron abordados con perspectiva de género.
Por citar algunos datos, se registraron 60 personas, de las cuales el 53 por ciento declararon pertenecer a pueblos y comunidades indígenas, el 45 por ciento ser hablantes solo del español y el 2 por ciento integrantes de comunidades afrodescendientes.
Entre las personas participantes asistieron abogadas, abogados, estudiantes de derecho, servidores/as públicas, personas dedicadas a la consultoría, así como amas de casa, de los municipios de Oaxaca de Juárez, Huautla de Jiménez, Loma Bonita, Tuxtepec, Santa Cruz Xoxocoltlán, Tlacolula, San Pablo Huixtepec, entre otros municipios.
Durante las sesiones de trabajo se plantearon dudas, así como experiencias ante la solicitud de dicho mecanismo, obstáculos y alternativas. No obstante que el tema central fue sobre las órdenes de protección, se generó un espacio en el cual se plantearon situaciones delicadas.
Entre esas situaciones abordadas se encuentra la falta de atención por parte de las unidades policiacas ante las llamadas de emergencia por violencia familiar y la re-victimización a la que se enfrentan las mujeres cuándo desean interponer una denuncia.
En las conclusiones se hizo énfasis en la necesidad de que las órdenes de protección sean eficaces, en que se deben conocer los riesgos y necesidades particulares de una mujer o niña para determinar si la medida es o no apta protegerla y por principio debe presumirse la buena fe de la víctima y creer en su dicho. Además, de qué durante la atención, no se debe re – victimizarlas o responsabilizarlas por su situación de vivir violencia.
La violencia feminicida es una herida social que nos afecta a todas y todos, para avanzar hacia su erradicación se requiere la actuación profesional de las instancias de administración y procuración de justicia y como Grupo de estudios sobre la mujer Rosario Castellanos seguiremos exigiendo su cumplimiento y además contribuyendo con aportes de formación a empoderar a las personas para generar una red de apoyo, que nos fortalezca como ciudadanía para ejercer nuestro derecho a vivir libres de todas las formas de violencia.