Mantiene SSPO activo el Plan de Apoyo a la Población en el Istmo
Oaxaca, Oax. 25 de marzo de 2010 (Quadratín).- La Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos (CDDHO) emitió la recomendación 07/2010 a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y el Ayuntamiento de Salina Cruz, en la región del Istmo, por las omisiones observadas por ambas instancias en el linchamiento de un adolescente cometido por taxistas de esa municipalidad.
La noche del pasado 18 de febrero pasado, un grupo de 200 taxistas retuvo y posteriormente prendió fuego a Jordi Alberto Gómez Ortega, en represalia por el asalto y lesiones a uno de sus compañeros, Ángel Manuel Jiménez Vázquez, del sitio Salina Cruz.
El organismo autónomo pide que se tomen medidas para evitar este tipo de acciones violentas, así como se le inicie un procedimiento administrativo al inspector Plácido Jarquín, comandante del Sexto Sector de Seguridad y del oficial Ambrosio Ramírez Macrinos, comandante del destacamento de la Policía Estatal Preventiva en Salina Cruz, por la omisión en que incurrieron, y en su caso, se les impongan las sanciones correspondientes.
Además, pide se comisiones a efectivos de la Policía Estatal Preventiva en la zona en que tuvieron lugar los hechos señalados, y se les dote del equipo y vehículos necesarios para que cumplan a cabalidad sus funciones.
Igualmente, que se dé vista al Ministerio Público a efecto de que se inicie el legajo de investigación correspondiente.
La recomendación urge al Ayuntamiento de Salina Cruz integre un grupo de reacción inmediata en la Policía Municipal con la capacitación y entrenamiento necesario para la solución pacífica de conflictos, el estudio del comportamiento de las multitudes, además de técnicas de persuasión, negociación y mediación, a efecto de solventar situaciones como la que se estudió en el presente caso.
Demanda procedimiento administrativo de responsabilidad en contra del director de Seguridad Pública de Salina Cruz, José Daniel Villalobos Sánchez, y agentes de la Policía Municipal que tuvieron conocimiento de los hechos, por la omisión en que incurrieron y en su caso, se les impongan las sanciones que resulten procedentes.