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OAXACA, Oax. 8 de abril de 2020.- Para la tramitación de casos urgentes como juicios de alimentos, trámites sobre el pago o el cumplimiento de pensiones alimenticias y la entrega o transferencia de este derecho por ley, así como el seguimiento a juicios, procedimientos o aquellos relacionados con actos de violencia contra la mujer, niñas, niños y adolescentes, el Poder Judicial del Estado mantiene personal de guardia en los juzgados de toda la entidad.
Por Acuerdo conjunto de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, se da atención también a los asuntos de guarda, custodia o depósito de menores; separación provisional de cónyuges o de personas; órdenes de protección y actos relacionados con el régimen de visitas o de convivencia familiar.
De igual forma en aquellos casos en los que el juez o jueza considere que debe ser de atención inmediata por estar en juego derechos esenciales para la seguridad y subsistencia de las mujeres, niñas, niños y adolescentes, entre otros sectores de vulnerabilidad, como las personas con discapacidad, de la tercera edad o indígenas.
Los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, que preside el Magistrado Eduardo Pinacho Sánchez, en sesión conjunta refrendaron que ante la contingencia sanitaria que se vive en el país, la prioridad de atención es la protección de los derechos relativos a la familia, mujeres, niñas, niños y adolescentes.
Por ello, desde el primer momento en el que se adoptaron las medidas de prevención, se determinó que en los asuntos en las materias de violencia de género, familiar y penal se dicten con toda prontitud las providencias, acuerdos o resoluciones provisionales, cautelares o de protección necesarias y que legalmente procedan.
Por otra parte, el Poder Judicial del Estado implementó la línea de atención telefónica 800 719 22 32 para brindar ágil atención a la ciudadanía sobre los servicios que se suspenden, los que continúan vigentes en esta etapa de contingencia, así como para tomar las decisiones prácticas que resulten conducentes sobre la atención de los asuntos urgentes en materia Familiar y Penal.
Respecto al régimen de visitas y convivencias, en las que no sea conveniente para la salud de las mujeres, niñas, niños o adolescentes llevarlas a cabo por la contingencia sanitaria, el juez en turno o que conozca del asunto deber establecer alternativas para no suspender este derecho de la niñez, entre ellas, el uso de tecnologías de la información como llamadas o videollamadas.
En materia penal, el Poder Judicial también instruyó dar continuidad a las labores de los Juzgados de Control, principalmente para temas de atención urgente y los relacionados con los grupos vulnerados.